III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-6869)
Resolución de 20 de abril de 2021, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, la Agencia Estatal de Meteorología, la Universidad de Granada, Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, la Fundación de la Comunitat Valenciana Centro de Estudios Ambientales del Mediterráneo, el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", la Universidad de Valladolid, la Universidad Miguel Hernández de Elche, la Universitat de València y la Universitat Politècnica de Catalunya, para la formalización de la Unidad Mixta de Investigación o Joint Research Unit ACTRIS-Spain.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49736
prioritario la educación, el desarrollo de la ciencia, la técnica y la cultura a través del
estudio, la investigación y la transferencia del conocimiento. A estos efectos, los
artículos 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
(BOE núm. 131, de 2 de junio de 2011), 22 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre,
Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento; y los artículos 194 y 195 de sus Estatutos
(BOJA núm. 147 de 28 de julio de 2011), le confieren la facultad para suscribir acuerdos
y convenios de colaboración con entidades públicas y privados para la realización de
proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
Que el CIEMAT es un Organismo público de investigación de la Administración del
Estado adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, que se rige por la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Por la Ley 25/64, de 29 de
abril, sobre Energía Nuclear y demás disposiciones concordantes y, asimismo, por el
Real Decreto 1952/2000 de 1 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto del
CIEMAT, disposiciones que configuran al Centro como una Entidad de Derecho Público
con personalidad jurídica propia.
Que el CIEMAT tiene competencia para suscribir el presente Convenio de acuerdo al
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y
conforme a sus funciones en desarrollo de las actividades encomendadas según
artículo 3.2. b) y c) de su Estatuto.
Que el CEAM es centro de investigación ambiental con forma jurídica de fundación
del Sector Público Valenciano, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad
Valenciana con el número V93. En virtud de sus Estatutos el CEAM tiene competencia
para suscribir el presente Convenio, que será registrado en el Registro de Convenios de
la Generalitat Valenciana y publicado en el DOCV.
Que el INTA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 2.1 de la ley 15/2014,
de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa, es el Organismo Público de Investigación (OPI), con carácter de
organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de
Estado de Defensa, de los previstos en el artículo 84.1. a) 1.º de la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tiene las funciones señaladas en el
artículo 7 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 925/2015 de 16 de Octubre.
Que la Universidad de Valladolid es una Institución de derecho público, con
personalidad jurídica propia, a la que le corresponde la gestión del servicio público de la
educación superior mediante las actividades de docencia, estudio y la investigación. La
UVa goza de autonomía normativa, académica, financiera, económica, de gestión y
gobierno en el ejercicio de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 apartado 10 de la Constitución Española y demás disposiciones generales
que resulten aplicables. Se trata de una Universidad pública, comprometida con la
sociedad, al servicio de su progreso intelectual y material, que responde con calidad,
innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes en los diferentes campos de las
ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Que la UMH Que la Universidad Miguel Hernández de Elche es una Universidad
pública de la Comunidad Valenciana de carácter multisectorial y pluridisciplinar, que
realiza actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico, y que
tiene como finalidad promover la creación y transmisión crítica del conocimiento a todos
los niveles, siempre con la excelencia como guía de sus actuaciones y con el único límite
de su propia capacidad. Que la UMH tiene competencias para la suscripción de
convenios y contratos con entidades públicas y privadas de acuerdo de acuerdo al
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
constituyendo un marco de referencia para promover la colaboración entre entidades,
con el objetivo de dar una respuesta eficaz a las exigencias del cambio tecnológico.
Que la Universitat de València es una institución de derecho público de carácter
multisectorial y pluridisciplinario con personalidad jurídica propia que realiza actividades
de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico. Asimismo, con las
cve: BOE-A-2021-6869
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 100
Martes 27 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49736
prioritario la educación, el desarrollo de la ciencia, la técnica y la cultura a través del
estudio, la investigación y la transferencia del conocimiento. A estos efectos, los
artículos 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación
(BOE núm. 131, de 2 de junio de 2011), 22 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre,
Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento; y los artículos 194 y 195 de sus Estatutos
(BOJA núm. 147 de 28 de julio de 2011), le confieren la facultad para suscribir acuerdos
y convenios de colaboración con entidades públicas y privados para la realización de
proyectos y actuaciones de investigación científica, desarrollo e innovación.
Que el CIEMAT es un Organismo público de investigación de la Administración del
Estado adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, que se rige por la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Por la Ley 25/64, de 29 de
abril, sobre Energía Nuclear y demás disposiciones concordantes y, asimismo, por el
Real Decreto 1952/2000 de 1 de diciembre por el que se aprueba el Estatuto del
CIEMAT, disposiciones que configuran al Centro como una Entidad de Derecho Público
con personalidad jurídica propia.
Que el CIEMAT tiene competencia para suscribir el presente Convenio de acuerdo al
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y
conforme a sus funciones en desarrollo de las actividades encomendadas según
artículo 3.2. b) y c) de su Estatuto.
Que el CEAM es centro de investigación ambiental con forma jurídica de fundación
del Sector Público Valenciano, inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad
Valenciana con el número V93. En virtud de sus Estatutos el CEAM tiene competencia
para suscribir el presente Convenio, que será registrado en el Registro de Convenios de
la Generalitat Valenciana y publicado en el DOCV.
Que el INTA, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 47 de la ley 14/2011, de 1 de
junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el artículo 2.1 de la ley 15/2014,
de 16 de septiembre de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma
administrativa, es el Organismo Público de Investigación (OPI), con carácter de
organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Defensa, a través de la Secretaría de
Estado de Defensa, de los previstos en el artículo 84.1. a) 1.º de la Ley 40/2015 de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que tiene las funciones señaladas en el
artículo 7 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 925/2015 de 16 de Octubre.
Que la Universidad de Valladolid es una Institución de derecho público, con
personalidad jurídica propia, a la que le corresponde la gestión del servicio público de la
educación superior mediante las actividades de docencia, estudio y la investigación. La
UVa goza de autonomía normativa, académica, financiera, económica, de gestión y
gobierno en el ejercicio de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 27 apartado 10 de la Constitución Española y demás disposiciones generales
que resulten aplicables. Se trata de una Universidad pública, comprometida con la
sociedad, al servicio de su progreso intelectual y material, que responde con calidad,
innovación, agilidad y flexibilidad a los retos emergentes en los diferentes campos de las
ciencias, la tecnología, la cultura y las artes.
Que la UMH Que la Universidad Miguel Hernández de Elche es una Universidad
pública de la Comunidad Valenciana de carácter multisectorial y pluridisciplinar, que
realiza actividades de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico, y que
tiene como finalidad promover la creación y transmisión crítica del conocimiento a todos
los niveles, siempre con la excelencia como guía de sus actuaciones y con el único límite
de su propia capacidad. Que la UMH tiene competencias para la suscripción de
convenios y contratos con entidades públicas y privadas de acuerdo de acuerdo al
artículo 34 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación,
constituyendo un marco de referencia para promover la colaboración entre entidades,
con el objetivo de dar una respuesta eficaz a las exigencias del cambio tecnológico.
Que la Universitat de València es una institución de derecho público de carácter
multisectorial y pluridisciplinario con personalidad jurídica propia que realiza actividades
de docencia, investigación y desarrollo científico y tecnológico. Asimismo, con las
cve: BOE-A-2021-6869
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