III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-6845)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Valencia, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100

Martes 27 de abril de 2021

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y Agenda Urbana, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas del
desarrollo de las mismas.
b) Distribuir el trabajo entre los alumnos que realicen las prácticas, e impartir a
dichos alumnos las órdenes e instrucciones que sean necesarias en relación con el
desarrollo de las mismas.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte de los alumnos de las funciones que
tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dichos alumnos al lugar
establecido para la realización de las prácticas.
d) Organizar el régimen de permisos del personal que realice las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la Universidad con el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, a efectos de no alterar el buen funcionamiento
del servicio.
e) Informar al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana acerca de las
variaciones, ocasionales o permanentes, en la relación de alumnos que realicen las
prácticas.
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
4. Nombrar a los tutores de prácticas designados por la entidad colaboradora como
«Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con las condiciones establecidas por la
propia Universidad, reconociendo su actividad colaboradora. Los trámites necesarios
para la obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro de
la Universidad.
5. Asumir las obligaciones en materia de seguridad social que se pudieren derivar
del desarrollo de las prácticas.
6. Remitir trimestralmente al correo electrónico area-formacion@mitma.es un
documento .xls en el cual se contemplen la totalidad de estudiantes que han
realizado/están realizando prácticas (numerados, sin especificar su nombre) al amparo
del presente convenio, según el formato siguiente:

7. Seleccionar a los alumnos que, reuniendo los requisitos de titulación y
experiencia exigidos en virtud del presente convenio, realicen las practicas encaminadas
a la consecución del objetivo descrito en el documento de práctica individual, sin
perjuicio de la verificación por parte del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana del cumplimiento de aquellos requisitos.
8. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
alumnos que realicen las prácticas. En particular, asumirá la concesión de permisos, las
sustituciones de los alumnos en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en
materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así
como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación entre la Universidad y
los alumnos.
9. Velar porque los alumnos que realicen las prácticas desarrollen su actividad sin
extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el
presente convenio.

cve: BOE-A-2021-6845
Verificable en https://www.boe.es

Fecha de
Fecha
inicio de
Fecha
Fecha
N.º de
Entidad
Tutor
Tutor en
vencimiento
Sexo Titulación
Universidad vigencia
inicio
finalización
estudiante
Colaboradora académico prácticas
del
del
prácticas prácticas
convenio
convenio