III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-6785)
Resolución de 15 de abril de 2021, del Consorcio Centro Nacional de Investigación sobre la Evolución Humana, por la que se publica el Convenio con la Sociedad para la Promoción y Desarrollo de la Ciudad de Burgos, SA, y la Fundación Siglo para el Turismo y las Artes de Castilla y León, por el que se regulan sus relaciones, en el ámbito de la gestión energética, en el complejo de equipamientos culturales del Solar de Caballería de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99

Lunes 26 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 49237

Burgos, S.A., ahora Sociedad para la Promoción y Desarrollo de la Ciudad de Burgos,
S.A.», la gestión general inicial del Palacio de Congresos–Auditorio de Burgos,
reservándose el Instituto Municipal de Cultura y Turismo la gestión cultural del mismo,
dentro de la modalidad de gestión directa de los servicios públicos locales.
Por Orden de 5 de septiembre de 2012, de la Consejería de Hacienda, se cede el
uso y la explotación al Ayuntamiento de Burgos del edificio construido por la Junta de
Castilla y León en el Solar de Caballería en Burgos, destinado a Palacio de Congresos,
Auditorio y Exposiciones.
Sexto.
Tanto el Museo de la Evolución Humana como el CENIEH, el Aparcamiento
Subterráneo, el Palacio de Congresos, Exposiciones y Auditorio requieren, para el
mantenimiento de unas condiciones adecuadas de habitabilidad, funcionalidad, higiene y
seguridad, así como para el desarrollo de sus actividades propias, disponer de un
suministro energético de calidad que satisfaga sus necesidades de calefacción,
climatización, agua caliente sanitaria y electricidad, así como suministro de agua a
presión para protección contra incendios.
Séptimo.
Asimismo, la Fundación Siglo, el Consorcio CENIEH y la Sociedad quieren contribuir
al ahorro energético, a la reducción de gases de efecto invernadero y a la protección del
medio ambiente en general.
Octavo.
De otro lado, la gestión eficaz de los Equipamientos Culturales del «Solar de
Caballería» exige la adopción de los instrumentos jurídicos y las Soluciones técnicas
más adecuadas que, sin disminuir los niveles de calidad exigibles, resulten más
ventajosos.
Noveno.
Mediante Orden de la Consejería de Hacienda de 24 de febrero de 2010 y con
fundamento en los artículos 44 y 45 de la Ley de Patrimonio de la Comunidad de Castilla
y León, Ley 11/2006, de 26 de octubre, se adscribió la CIS a la Fundación Siglo, para dar
cumplimiento a lo previsto en el Decreto de creación del Museo de la Evolución
Humana 39/2009, de 11 de junio, «correspondiendo, desde ese momento, a la citada
entidad todas las competencias de gestión, administración y conservación sobre el
inmueble adscrito».
Décimo.

Undécimo.
En cumplimiento del convenio indicado en el punto anterior, la Fundación Siglo licitó
el contrato para la «gestión del suministro energético a los edificios y equipamientos del
Complejo Cultural, Solar de Caballería en Burgos, y la gestión integral de la Central de
Instalaciones y Servicios». Como resultado del proceso de licitación pública realizado se
firmó un contrato, con fecha 1 de abril de 2012, entre la Fundación Siglo y la empresa

cve: BOE-A-2021-6785
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha 20 de enero de 2012, la Fundación Siglo, el Ayuntamiento de Burgos y
el CENIEH firmaron un convenio de colaboración para regular sus relaciones en el
denominado Complejo de Equipamientos Culturales del Solar de Caballería de Burgos,
ya extinto de conformidad con lo previsto en el apartado primero de la Disposición
adicional octava de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.