III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2021-6757)
Orden APA/398/2021, de 14 de abril, por la que se definen las explotaciones asegurables, las condiciones técnicas mínimas de explotación, el ámbito de aplicación, el periodo de garantía, periodo de suscripción, y el valor unitario de los animales en relación con el seguro de acuicultura marina, comprendido en el cuadragésimo segundo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49035
Regímenes y peces
Lenguado y rodaballo.
Besugo, Corvina, Dorada y
Lubina.
En tanques y
hatchery.
Densidad
De 0,1 a 2,0 g.
2
De 2,1 a 10 g.
6
De 11 a 50 g.
17
De 51 a 150 g.
24
De 151 a 500 g.
37
De 501 a 1000 g.
50
Mayores de 1000 g.
65
De 0,1 a 2 g.
6
De 2,1 a 5 g.
10
De 5,1 a 15 g.(**)
20
De 16 a 100 g.
45
Mayores de 101 g.
50
Dorada, Corvina y
besugo.
En hatchery y nursery con
recirculación de agua.
Lubina.
De 0,1 a 1,5 g.
15
De 1,6 a 10 g.
30
De 11 a 15 g.
40
De 16 a 30 g.
50
De 0,1 a 1,5 g.
10
De 1,6 a 10 g.
20
De 11 a 15 g.
25
16 a 30 g.
30
(*) En el caso del besugo, esta será la mayor densidad admisible hasta el tamaño de sacrificio.
(**) En el caso del besugo, esta será la máxima densidad admisible.
ANEXO II
Valores límites máximos de los animales asegurados
Dorada y Corvina
Lubina
Besugo
Lenguado y Rodaballo
Euros/100 unidades
Euros/100
unidades
Euros/100
unidades
Euros/100 unidades
De 0,1 a 1,4
24
21
100
–
De 1,5 a 4,9
45
26
162
–
De 0,1 a 4,9
–
–
–
81
Peso del alevín
Gramos
Explotaciones de engorde. Peso igual o superior a 5,0 gramos
Dorada Corvina Lubina
Adquisición del alevín (€/100
unidades).
45
55
33,95
Lenguado y
Rodaballo
101,85
Besugo Seriola
172
300
cve: BOE-A-2021-6757
Verificable en https://www.boe.es
Hatcheries y nurseries hasta 4,9 gramos
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 49035
Regímenes y peces
Lenguado y rodaballo.
Besugo, Corvina, Dorada y
Lubina.
En tanques y
hatchery.
Densidad
De 0,1 a 2,0 g.
2
De 2,1 a 10 g.
6
De 11 a 50 g.
17
De 51 a 150 g.
24
De 151 a 500 g.
37
De 501 a 1000 g.
50
Mayores de 1000 g.
65
De 0,1 a 2 g.
6
De 2,1 a 5 g.
10
De 5,1 a 15 g.(**)
20
De 16 a 100 g.
45
Mayores de 101 g.
50
Dorada, Corvina y
besugo.
En hatchery y nursery con
recirculación de agua.
Lubina.
De 0,1 a 1,5 g.
15
De 1,6 a 10 g.
30
De 11 a 15 g.
40
De 16 a 30 g.
50
De 0,1 a 1,5 g.
10
De 1,6 a 10 g.
20
De 11 a 15 g.
25
16 a 30 g.
30
(*) En el caso del besugo, esta será la mayor densidad admisible hasta el tamaño de sacrificio.
(**) En el caso del besugo, esta será la máxima densidad admisible.
ANEXO II
Valores límites máximos de los animales asegurados
Dorada y Corvina
Lubina
Besugo
Lenguado y Rodaballo
Euros/100 unidades
Euros/100
unidades
Euros/100
unidades
Euros/100 unidades
De 0,1 a 1,4
24
21
100
–
De 1,5 a 4,9
45
26
162
–
De 0,1 a 4,9
–
–
–
81
Peso del alevín
Gramos
Explotaciones de engorde. Peso igual o superior a 5,0 gramos
Dorada Corvina Lubina
Adquisición del alevín (€/100
unidades).
45
55
33,95
Lenguado y
Rodaballo
101,85
Besugo Seriola
172
300
cve: BOE-A-2021-6757
Verificable en https://www.boe.es
Hatcheries y nurseries hasta 4,9 gramos