I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-6663)
Enmiendas de 2018 al Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ), adoptadas en Londres el 13 de abril de 2018 mediante Resolución MEPC.302(72).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 48117
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
6663
Enmiendas de 2018 al Código internacional para la construcción y el equipo
de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código
CIQ), adoptadas en Londres el 13 de abril de 2018 mediante Resolución
MEPC.302(72).
RESOLUCIÓN MEPC.302(72)
(adoptada el 13 de abril de 2018)
Enmiendas al Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que
transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ)
(Modelo de formulario del Certificado Internacional de aptitud para el transporte de
productos químicos peligrosos a granel)
El Comité de Protección del Medio Marino,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio
MARPOL, las enmiendas al Código CIQ cuyo texto figura en el anexo de la presente
resolución;
2. Dispone, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio
MARPOL, que las enmiendas al Código CIQ se considerarán aceptadas el 1 de julio
de 2019, salvo que, con anterioridad a esa fecha, un tercio cuando menos de las Partes,
o aquellas Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 %
del tonelaje bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado a la Organización que
rechazan las enmiendas;
3. Invita a las Partes a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 16 2) g) ii) del Convenio MARPOL, las enmiendas al Código CIQ entrarán en
vigor el 1 de enero de 2020, una vez aceptadas de conformidad con lo estipulado en el
párrafo 2 anterior;
4. Pide al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) e)
del Convenio MARPOL, remita copias certificadas de la presente resolución y del texto de
las enmiendas al Código CIQ que figura en el anexo a todas las Partes en dicho convenio;
cve: BOE-A-2021-6663
Verificable en https://www.boe.es
Recordando el artículo 38 a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima
Internacional, artículo que trata de las funciones que confieren al Comité de protección
del medio marino los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de
la contaminación del mar ocasionada por los buques,
Recordando también la resolución MEPC.19(22), mediante la que adoptó el Código
internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos
químicos peligrosos a granel (Código CIQ), y la resolución MEPC.16(22) mediante la
cual el Código CIQ adquirió carácter obligatorio en virtud del anexo II del Convenio
internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el
Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL),
Tomando nota del artículo 16 del Convenio MARPOL y de la regla 1.4 del anexo II de
dicho convenio, que tratan del procedimiento para enmendar el Código CIQ,
Habiendo examinado, en su 72.º periodo de sesiones, las propuestas de enmienda al
Código CIQ relativas al Modelo de formulario del Certificado internacional de aptitud para
el transporte de productos químicos peligrosos a granel,
Núm. 99
Lunes 26 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 48117
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
6663
Enmiendas de 2018 al Código internacional para la construcción y el equipo
de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código
CIQ), adoptadas en Londres el 13 de abril de 2018 mediante Resolución
MEPC.302(72).
RESOLUCIÓN MEPC.302(72)
(adoptada el 13 de abril de 2018)
Enmiendas al Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que
transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ)
(Modelo de formulario del Certificado Internacional de aptitud para el transporte de
productos químicos peligrosos a granel)
El Comité de Protección del Medio Marino,
1. Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio
MARPOL, las enmiendas al Código CIQ cuyo texto figura en el anexo de la presente
resolución;
2. Dispone, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio
MARPOL, que las enmiendas al Código CIQ se considerarán aceptadas el 1 de julio
de 2019, salvo que, con anterioridad a esa fecha, un tercio cuando menos de las Partes,
o aquellas Partes cuyas flotas mercantes combinadas representen como mínimo el 50 %
del tonelaje bruto de la flota mercante mundial, hayan notificado a la Organización que
rechazan las enmiendas;
3. Invita a las Partes a que tomen nota de que, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 16 2) g) ii) del Convenio MARPOL, las enmiendas al Código CIQ entrarán en
vigor el 1 de enero de 2020, una vez aceptadas de conformidad con lo estipulado en el
párrafo 2 anterior;
4. Pide al Secretario General que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) e)
del Convenio MARPOL, remita copias certificadas de la presente resolución y del texto de
las enmiendas al Código CIQ que figura en el anexo a todas las Partes en dicho convenio;
cve: BOE-A-2021-6663
Verificable en https://www.boe.es
Recordando el artículo 38 a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima
Internacional, artículo que trata de las funciones que confieren al Comité de protección
del medio marino los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de
la contaminación del mar ocasionada por los buques,
Recordando también la resolución MEPC.19(22), mediante la que adoptó el Código
internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos
químicos peligrosos a granel (Código CIQ), y la resolución MEPC.16(22) mediante la
cual el Código CIQ adquirió carácter obligatorio en virtud del anexo II del Convenio
internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el
Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL),
Tomando nota del artículo 16 del Convenio MARPOL y de la regla 1.4 del anexo II de
dicho convenio, que tratan del procedimiento para enmendar el Código CIQ,
Habiendo examinado, en su 72.º periodo de sesiones, las propuestas de enmienda al
Código CIQ relativas al Modelo de formulario del Certificado internacional de aptitud para
el transporte de productos químicos peligrosos a granel,