III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-6633)
Resolución 420/38115/2021, de 16 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Confederación de Empresarios de Melilla, para el desarrollo de actividades que complementen la formación e impulsen el aprovechamiento de las capacidades profesionales del personal militar, fomentando su incorporación al ámbito laboral civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Segunda.

Sec. III. Pág. 47948

Actuaciones del MINISDEF.

a) Promover y facilitar la participación de los candidatos en las acciones de
formación que se determinen, relacionadas con el proceso de habilitación de los militares
para su incorporación al ámbito laboral civil y de la empresa.
b) Difundir las ofertas de empleo, de formación u otras actividades, a través del
«Sistema de aprovechamiento de capacidades profesionales del personal militar», en
adelante SAPROMIL, o de los medios internos de información del MINISDEF.
c) Gestionar las autorizaciones y los permisos necesarios para los militares
seleccionados en los programas de formación y salidas profesionales que se establezcan.
d) Designar un interlocutor con la CEME-CEOE para el seguimiento del Convenio.
Tercera.

Actuaciones de la CEME-CEOE.

a) Difundir entre sus asociados el contenido de este Convenio, en aras de facilitar
la incorporación del personal de las FAS al mercado laboral.
b) Propiciar la identificación por parte de las empresas de su demarcación, de
puestos de trabajo susceptibles de ser ofertados al personal militar objeto de este
Convenio, para facilitar su eventual incorporación laboral con sujeción a la normativa
vigente. Las empresas inscribirán las ofertas de empleo que consideren oportunas en la
aplicación informática SAPROMIL (www.sapromil.es).
c) Facilitar información sobre los cursos de formación programados por la CEMECEOE por si fueran de interés para el personal militar al que se refiere este Convenio.
d) Impartir jornadas informativas anuales en materia de orientación laboral y
emprendimiento y autoempleo, al personal de las FAS destinado en Melilla o que tengan
arraigo con dicha Ciudad Autónoma.
e) Designar un interlocutor con el MINISDEF para el seguimiento del Convenio.
Cuarta.

Desarrollo del Convenio.

Las relaciones institucionales se llevarán a cabo a través de la Subdirección General
de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial
Disponibilidad y la coordinación de las actividades a través de la Delegación de Defensa
en Melilla.
El MINISDEF y la CEME-CEOE podrán citar la presente línea de colaboración en la
publicidad institucional que se relacione con las actividades objeto del Convenio,
utilizando sus logotipos oficiales.
Ambas partes podrán públicamente difundir las condiciones de este Convenio y los
resultados obtenidos.
Quinta.

Financiación.

Este Convenio no implica por sí mismo obligación alguna de contenido económico
para ninguna de las partes.

Ambas partes, acuerdan crear una comisión mixta paritaria de control y seguimiento
de las acciones previstas en este Convenio, integrada por dos representantes de cada
institución firmante que se designen, que se constituirá en el plazo máximo de tres
meses a contar desde la fecha de eficacia del Convenio, con alternancia anual de la
Presidencia, iniciada por el MINISDEF.
Integrarán la comisión:
– Por parte del MINISDEF, un representante designado por la Dirección General de
Reclutamiento y Enseñanza Militar, entre el personal de esa Dirección General o de los
Ejércitos, y otro será personal de la Delegación de Defensa en Melilla.

cve: BOE-A-2021-6633
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio.