III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6639)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas externas.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Decimoctava.
Sec. III. Pág. 48001
Régimen de modificación del Convenio.
El Convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados. Por el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero),
el Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.–Por la
Universidad Complutense de Madrid, por delegación del Rector (Decreto
Rectoral 19/2019, de 14 de junio), la Vicerrectora de Empleabilidad y Emprendimiento,
María Concepción García Gómez.
ANEXO
De conformidad con el Convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes de fecha XX de XXXXXXX de 20XX suscrito entre el Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo y la Universidad Complutense de Madrid para la
realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, no
remuneradas, en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, los comparecientes
establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anexo. Cualquier
cambio en los datos recogidos en este documento, deberá realizarse por escrito.
Estudiante:
DNI, pasaporte (o documento análogo):
Titulación:
Curso:
Especialidad:
Lugar donde se realizan las prácticas:
Tutor del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:
Tutor académico de la Universidad:
TIpo de prácticas:
Curriculares................. Extracurriculares........................
Grado................... Posgrado...........................................
Trabajos de Fin de Grado (TFG):
Trabajos de Fin de Máster (TFM):
Periodo:
Fecha de inicio:
Fecha de finalización:
Horas al día:
Días de la semana:
Proyecto formativo: (detallar objetivos educativos y actividades a desarrollar)
Régimen de permisos:
El estudiante tendrá derecho al régimen de permisos que le permita compatibilizar
las prácticas con su actividad académica y formativa.
Con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anexo, la Universidad, o el
estudiante aportará fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se
adjuntarán al presente anejo.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se reserva la facultad de rescindir la
estancia del estudiante en cualquier momento que este no respete lo previsto en el
presente anexo, las normas fijadas por el Ministerio relativas a horarios, normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales, así como cuando a su
juicio, la conducta o actuación del estudiante resulte, por causas imputables al mismo,
cve: BOE-A-2021-6639
Verificable en https://www.boe.es
Seguros:
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Decimoctava.
Sec. III. Pág. 48001
Régimen de modificación del Convenio.
El Convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime de las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en lugar y fecha arriba indicados. Por el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, P.D. (Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero),
el Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Pablo Garde Lobo.–Por la
Universidad Complutense de Madrid, por delegación del Rector (Decreto
Rectoral 19/2019, de 14 de junio), la Vicerrectora de Empleabilidad y Emprendimiento,
María Concepción García Gómez.
ANEXO
De conformidad con el Convenio para el desarrollo de prácticas académicas externas
de sus estudiantes de fecha XX de XXXXXXX de 20XX suscrito entre el Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo y la Universidad Complutense de Madrid para la
realización de prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, no
remuneradas, en el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, los comparecientes
establecen el Programa de Prácticas que se recoge en el presente anexo. Cualquier
cambio en los datos recogidos en este documento, deberá realizarse por escrito.
Estudiante:
DNI, pasaporte (o documento análogo):
Titulación:
Curso:
Especialidad:
Lugar donde se realizan las prácticas:
Tutor del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo:
Tutor académico de la Universidad:
TIpo de prácticas:
Curriculares................. Extracurriculares........................
Grado................... Posgrado...........................................
Trabajos de Fin de Grado (TFG):
Trabajos de Fin de Máster (TFM):
Periodo:
Fecha de inicio:
Fecha de finalización:
Horas al día:
Días de la semana:
Proyecto formativo: (detallar objetivos educativos y actividades a desarrollar)
Régimen de permisos:
El estudiante tendrá derecho al régimen de permisos que le permita compatibilizar
las prácticas con su actividad académica y formativa.
Con anterioridad al inicio de la práctica y de la firma del anexo, la Universidad, o el
estudiante aportará fotocopia del certificado de los seguros correspondientes, que se
adjuntarán al presente anejo.
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo se reserva la facultad de rescindir la
estancia del estudiante en cualquier momento que este no respete lo previsto en el
presente anexo, las normas fijadas por el Ministerio relativas a horarios, normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales, así como cuando a su
juicio, la conducta o actuación del estudiante resulte, por causas imputables al mismo,
cve: BOE-A-2021-6639
Verificable en https://www.boe.es
Seguros: