III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6648)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 48060

ANEXO I
Documento de práctica individual prácticas académicas externas
El presente anexo se incorpora al Convenio de Prácticas académicas externas
suscrito entre la Universidad ...................... y el Ministerio para la Transición Ecológica y
el Reto Demográfico en fecha ............
ESTUDIANTE:
TITULACIÓN:
CORREO ELECTRÓNICO:

NIF O NIE:

FECHA DE INCORPORACIÓN:

FECHA DE FINALIZACIÓN:

JORNADA DE PRÁCTICAS (horas al día):

DÍAS DE LA SEMANA:

CENTRO DIRECTIVO DONDE SE REALIZARÁN LAS
PRÁCTICAS:
DIRECCIÓN:
TUTOR DEL MINISTERIO:
EMAIL Y TELÉFONO DE CONTACTO:
TUTOR DE LA UNIVERSIDAD:
EMAIL Y TELÉFONO DE CONTACTO:
PROYECTO FORMATIVO:
OBJETIVOS EDUCATIVOS:
ACTIVIDADES A DESARROLLAR:

El estudiante abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del Convenio arriba citado y ateniéndose a la normativa vigente. Asimismo, se
compromete a mantener la más estricta obligación de confidencialidad sobre toda
aquella información a la que pueda tener acceso, como consecuencia de realización de
las prácticas objeto del presente Convenio.
Y, en prueba de conformidad, firman el presente documento, por triplicado ejemplar,
en ..............., a ...... de ........... de .........
Por la Universidad,

Por el Ministerio,

Firma del estudiante,

ANEXO II

1. Corresponde exclusivamente a la Universidad la selección de los alumnos que,
reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en virtud del presente
convenio, realicen las practicas encaminadas a la consecución del objetivo descrito en la
práctica individual, sin perjuicio de la verificación por parte del Ministerio del
cumplimiento de aquellos requisitos.
2. La Universidad asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo,
la supervisión necesaria sobre los alumnos que realicen las prácticas. En particular,
asumirá la concesión de permisos, las sustituciones de los alumnos en casos de baja o
ausencia, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el
ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se
deriven de la relación entre Universidad y alumnos.

cve: BOE-A-2021-6648
Verificable en https://www.boe.es

Reglas especiales respecto de los alumnos pertenecientes a la Universidad