III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-6648)
Resolución de 15 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 48054

actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos
científicos, y la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de
la cultura, de la calidad de la vida y del desarrollo económico; así como la difusión del
conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo
de toda la vida.
La Universidad asume su compromiso de acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional de nuestro entorno mediante el establecimiento de
relaciones con otras instituciones, que permitan completar el proceso formativo con una
puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos.
El artículo 2.2.j) de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, establece que la
autonomía de que goza la Universidad comprende, entre otros aspectos «el
establecimiento de relaciones con otras entidades para la promoción y desarrollo de sus
fines institucionales».
II. El Ministerio, de conformidad con el Real Decreto 500/2020, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico, es el departamento competente en el ámbito de la Administración
General del Estado para la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
climática, de energía y medio ambiente para la transición a un modelo productivo y social
más ecológico, así como la elaboración y el desarrollo de la política del Gobierno frente
al reto demográfico y el despoblamiento territorial.
III. De acuerdo con el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, tanto el Ministerio como la Universidad pueden suscribir
convenios con sujetos de derecho público y privado en el ámbito de sus respectivas
competencias.
IV. Ambas partes consideran que la formación de los estudiantes y titulados
universitarios debe basarse tanto en la adquisición de conocimientos teóricos como
prácticos, con los objetivos de poder orientarse en sus vocaciones profesionales,
incorporarse al mercado laboral en condiciones idóneas, para así responder con eficacia
y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones.
V. La Universidad está interesada en establecer un Programa de Colaboración con
el Ministerio para la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes
matriculados en la misma, todo ello con el fin de contribuir a la formación integral de los
estudiantes universitarios de la Universidad.
En atención a estas consideraciones, ambas partes acuerdan suscribir el presente
Convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Segunda.

Condiciones generales del Convenio.

1. El Ministerio podrá ofrecer el número de plazas de prácticas que considere
necesarias con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza
de prácticas.
2. Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en el Ministerio se
suscribirá un documento de práctica individual según el modelo normalizado incluido
como anexo de este Convenio, con los detalles de las prácticas a desarrollar. Dicho
documento debe incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los

cve: BOE-A-2021-6648
Verificable en https://www.boe.es

El Convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre el Ministerio y
la Universidad para el desarrollo de un Programa de Prácticas de Colaboración, para sus
alumnos de grado y postgrado de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.