III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-6647)
Resolución de 15 de abril de 2021, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para la realización de prácticas académicas externas de estudiantes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 48051

En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medias urgente en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía
no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, ambas partes
se comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que
asumirían para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
Decimoquinta.

Extinción y resolución.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por resolución.
Se podrá resolver este convenio por concurrencia de cualquier causa legal de
resolución prevista en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora
un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones y
compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al
responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el
incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la
causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
Asimismo, se resolverá si cualquiera de las partes no dispusieran de asignación
presupuestaria para firmar la adenda prevista en el último párrafo de la cláusula anterior.
En tal caso, se adoptarán las decisiones precisas para la adecuada liquidación del
mismo conforme a lo regulado en el artículo 52 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
La comisión de seguimiento continuará en funciones y será la encargada de resolver
las cuestiones que pudieran plantearse en relación con las actuaciones en curso o
derivadas del convenio y, asimismo, para el caso de producirse la extinción, por el plazo
máximo de un mes.
Decimosexta. Vigencia.
El presente convenio se perfecciona con la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será
publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Tendrá una duración de cuatro años, prorrogables por otros cuatro años mediante
acuerdo expreso y unánime de las partes, el cual deberá formalizarse antes de la
finalización del plazo establecido.
Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener
acceso con la finalidad indicada en el presente convenio, de acuerdo con las previsiones
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales así como las del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2017 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, a no utilizarlos
para fines distintos de los previstos en este convenio y a no difundirlos ni cederlos a
terceros. Asimismo, garantizarán que los titulares de los datos puedan ejercer sus
derechos de acceso, rectificación, cancelación, supresión, limitación de su tratamiento y
oposición.
De conformidad con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio y los

cve: BOE-A-2021-6647
Verificable en https://www.boe.es

Decimoséptima.