I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Transportes terrestres. (BOE-A-2021-6624)
Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 47888
Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1515/2018, de 28 de
diciembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de la
metodología BIM en la contratación pública.
El artículo 3 del Real Decreto 1515/2018, de 28 de diciembre, por el que se crea la
Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación
pública se modifica y queda como sigue:
«Artículo 3.
Composición.
1. La Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en
la contratación pública tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: la persona titular de la Subsecretaría de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
b) Vicepresidente: la persona titular de la Dirección General del Patrimonio del
Estado del Ministerio de Hacienda.
c) Vocales:
1.º Cuatro representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, designados por la persona titular de la Subsecretaría, que deberán tener
rango de Subdirector General o equivalente.
2.º Cuatro representantes del Ministerio de Hacienda, designados por la
persona titular de la Subsecretaría, que deberán tener rango de Subdirector General
o equivalente.
3.º Dos representantes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, designados por la correspondiente persona titular de la Subsecretaría,
que deberán tener rango de Subdirector General o equivalente.
4.º Un representante de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, de Justicia, de Defensa, del Interior, de Educación y Formación
Profesional, de Trabajo y Economía Social, de Industria, Comercio y Turismo, de
Agricultura, Pesca y Alimentación, de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, de Política Territorial y Función Pública, de Cultura y
Deporte, de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de Sanidad, de
Derechos Sociales y Agenda 2030, de Ciencia e Innovación, de Consumo, de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades, designado por la
correspondiente persona titular de la Subsecretaría, que deberá tener rango de
Subdirector General o equivalente.
2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando
concurra alguna causa justificada, quienes integren la Comisión podrán ser
sustituidos por un representante del mismo Ministerio, previamente designado por
la persona que designe al miembro a sustituir, con rango de Subdirector General o
equivalente.
3. En la designación de los vocales representantes de los distintos Ministerios,
se respetará el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los
órganos colegiados, previsto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.»
cve: BOE-A-2021-6624
Verificable en https://www.boe.es
d) Secretario: Un funcionario de carrera del Subgrupo A1 del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, designado por la persona titular de la
Subsecretaría, que participará en las reuniones con voz y sin voto.
Núm. 98
Sábado 24 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 47888
Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1515/2018, de 28 de
diciembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la incorporación de la
metodología BIM en la contratación pública.
El artículo 3 del Real Decreto 1515/2018, de 28 de diciembre, por el que se crea la
Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en la contratación
pública se modifica y queda como sigue:
«Artículo 3.
Composición.
1. La Comisión Interministerial para la incorporación de la metodología BIM en
la contratación pública tendrá la siguiente composición:
a) Presidente: la persona titular de la Subsecretaría de Transportes, Movilidad
y Agenda Urbana.
b) Vicepresidente: la persona titular de la Dirección General del Patrimonio del
Estado del Ministerio de Hacienda.
c) Vocales:
1.º Cuatro representantes del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, designados por la persona titular de la Subsecretaría, que deberán tener
rango de Subdirector General o equivalente.
2.º Cuatro representantes del Ministerio de Hacienda, designados por la
persona titular de la Subsecretaría, que deberán tener rango de Subdirector General
o equivalente.
3.º Dos representantes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, designados por la correspondiente persona titular de la Subsecretaría,
que deberán tener rango de Subdirector General o equivalente.
4.º Un representante de los Ministerios de Asuntos Exteriores, Unión Europea
y Cooperación, de Justicia, de Defensa, del Interior, de Educación y Formación
Profesional, de Trabajo y Economía Social, de Industria, Comercio y Turismo, de
Agricultura, Pesca y Alimentación, de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática, de Política Territorial y Función Pública, de Cultura y
Deporte, de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de Sanidad, de
Derechos Sociales y Agenda 2030, de Ciencia e Innovación, de Consumo, de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y de Universidades, designado por la
correspondiente persona titular de la Subsecretaría, que deberá tener rango de
Subdirector General o equivalente.
2. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad y, en general, cuando
concurra alguna causa justificada, quienes integren la Comisión podrán ser
sustituidos por un representante del mismo Ministerio, previamente designado por
la persona que designe al miembro a sustituir, con rango de Subdirector General o
equivalente.
3. En la designación de los vocales representantes de los distintos Ministerios,
se respetará el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los
órganos colegiados, previsto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de
marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.»
cve: BOE-A-2021-6624
Verificable en https://www.boe.es
d) Secretario: Un funcionario de carrera del Subgrupo A1 del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, designado por la persona titular de la
Subsecretaría, que participará en las reuniones con voz y sin voto.