I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Organización. (BOE-A-2021-6623)
Orden INT/382/2021, de 19 de abril, por la que se crea la Oficina de asistencia en materia de registros en la sede de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 98

Sábado 24 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 47867

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DEL INTERIOR
Orden INT/382/2021, de 19 de abril, por la que se crea la Oficina de
asistencia en materia de registros en la sede de la Entidad de Derecho
Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, establece, en su artículo 16.4d), que los documentos que los
interesados dirijan a los órganos de las administraciones públicas podrán presentarse,
entre otros lugares, en las oficinas de asistencia en materia de registros.
Esta Ley consagra el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con
la Administración y a ser asistidos en dichas relaciones en el uso de medios electrónicos,
estableciendo, asimismo, que los documentos presentados de manera presencial ante
las administraciones públicas deberán ser digitalizados por la oficina de asistencia en
materia de registros en la que hayan sido presentados, para su incorporación al
expediente administrativo electrónico.
La parte expositiva de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, señala que los registros
electrónicos estarán asistidos por la red de oficinas en materia de registros, que pasan a
denominarse oficinas de asistencia en materia de registros y que permitirán a los
interesados, en el caso de que así lo deseen, presentar sus solicitudes en papel, las
cuales se convertirán a formato electrónico.
A partir del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por el que se reestructuran los
departamentos ministeriales, se dicta el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el
que desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, que atribuye a la
Subsecretaría del Interior las funciones de coordinación de las oficinas de asistencia en
materia de registros. A su vez, adscrita al Ministerio del Interior a través de la Secretaría
General de Instituciones Penitenciarias, se encuentra la Entidad de Derecho Público
Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo, cuyo estatuto fue aprobado por el
Real Decreto 122/2015, de 27 de febrero.
Las oficinas de asistencia en materia de registros tienen naturaleza de órganos
administrativos, por tener atribuidas funciones con efectos jurídicos frente a terceros, de
acuerdo con el artículo 5.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de dicha Ley, los
órganos de nivel inferior a subdirección general se crean, modifican y suprimen por
orden del Ministro respectivo, previa autorización del Ministro de Hacienda y
Administraciones Públicas, cuyas competencias están asignadas actualmente al Ministro
de Política Territorial y Función Pública.
En virtud de lo anterior, mediante esta orden se crea la oficina de asistencia en
materia de registros en la sede de la Entidad de Derecho Público Trabajo Penitenciario y
Formación para el Empleo, de tal manera que los interesados puedan ser asistidos en el
uso de medios electrónicos, en especial en lo referente a la identificación y firma
electrónica, presentación de solicitudes a través de registro electrónico general y en la
obtención de copias auténticas.
Esta disposición se ha elaborado de acuerdo con los principios de buena regulación
a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. En particular, se
cumplen los principios de necesidad y eficacia por una razón de interés general, que es
la de garantizar los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración,
siendo el instrumento más adecuado para garantizar la consecución del objetivo
perseguido. En virtud del principio de proporcionalidad, esta iniciativa contiene la
regulación imprescindible para atender la necesidad descrita, sin imponer medidas
restrictivas de derechos, cargas adicionales ni obligaciones innecesarias a los

cve: BOE-A-2021-6623
Verificable en https://www.boe.es

6623