T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-6609)
Sala Segunda. Sentencia 63/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de amparo 729-2020, promovido por don Carlos José Mir Canales respecto de la resolución sancionadora de la Tesorería General de la Seguridad Social confirmada, en suplicación, por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso a la jurisdicción): resoluciones que, desatendiendo el Derecho transitorio y aplicando al caso el régimen de notificaciones a través de la sede electrónica, declararon la extemporaneidad del recurso de alzada en vía administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. TC. Pág. 47566
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6609
Sala Segunda. Sentencia 63/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de
amparo 729-2020, promovido por don Carlos José Mir Canales respecto de la
resolución sancionadora de la Tesorería General de la Seguridad Social
confirmada, en suplicación, por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón. Vulneración del derecho a la tutela judicial
efectiva (acceso a la jurisdicción): resoluciones que, desatendiendo el
Derecho transitorio y aplicando al caso el régimen de notificaciones a través
de la sede electrónica, declararon la extemporaneidad del recurso de alzada
en vía administrativa.
ECLI:ES:TC:2021:63
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez y don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 729-2020, promovido por doña Beatriz María Díaz
Rodríguez, procuradora de los tribunales, en nombre y representación de don Carlos
José Mir Canales, bajo la dirección letrada de don Venancio Soto Montoliu, contra la
resolución de la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de
Huesca, de 4 de junio de 2018; así como contra la sentencia núm. 588/2019, de 6 de
noviembre de 2019, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón en autos del recurso de suplicación núm. 516-2019, y contra el auto del mismo
tribunal, de fecha 30 de diciembre de 2019, por el que se desestima el incidente de
nulidad de actuaciones. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y el letrado de la
administración de la Seguridad Social. Ha sido ponente la magistrada doña Encarnación
Roca Trías.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 4 de febrero de 2020, doña Beatriz
María Díaz Rodríguez, procuradora de los tribunales y de don Carlos José Mir Canales
interpuso recurso de amparo contra la resolución administrativa de la dirección provincial
de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de Huesca, así como contra la
sentencia y auto dictados por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, a los que se hace referencia en el encabezamiento, alegando la vulneración de
su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su vertiente de derecho de
acceso a la jurisdicción, y del derecho a una resolución motivada y fundada en derecho,
en lo que se refiere, exclusivamente, a las resoluciones judiciales.
cve: BOE-A-2021-6609
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. TC. Pág. 47566
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6609
Sala Segunda. Sentencia 63/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de
amparo 729-2020, promovido por don Carlos José Mir Canales respecto de la
resolución sancionadora de la Tesorería General de la Seguridad Social
confirmada, en suplicación, por sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Aragón. Vulneración del derecho a la tutela judicial
efectiva (acceso a la jurisdicción): resoluciones que, desatendiendo el
Derecho transitorio y aplicando al caso el régimen de notificaciones a través
de la sede electrónica, declararon la extemporaneidad del recurso de alzada
en vía administrativa.
ECLI:ES:TC:2021:63
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez y don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 729-2020, promovido por doña Beatriz María Díaz
Rodríguez, procuradora de los tribunales, en nombre y representación de don Carlos
José Mir Canales, bajo la dirección letrada de don Venancio Soto Montoliu, contra la
resolución de la dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de
Huesca, de 4 de junio de 2018; así como contra la sentencia núm. 588/2019, de 6 de
noviembre de 2019, dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón en autos del recurso de suplicación núm. 516-2019, y contra el auto del mismo
tribunal, de fecha 30 de diciembre de 2019, por el que se desestima el incidente de
nulidad de actuaciones. Ha intervenido el Ministerio Fiscal y el letrado de la
administración de la Seguridad Social. Ha sido ponente la magistrada doña Encarnación
Roca Trías.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 4 de febrero de 2020, doña Beatriz
María Díaz Rodríguez, procuradora de los tribunales y de don Carlos José Mir Canales
interpuso recurso de amparo contra la resolución administrativa de la dirección provincial
de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) de Huesca, así como contra la
sentencia y auto dictados por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Aragón, a los que se hace referencia en el encabezamiento, alegando la vulneración de
su derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), en su vertiente de derecho de
acceso a la jurisdicción, y del derecho a una resolución motivada y fundada en derecho,
en lo que se refiere, exclusivamente, a las resoluciones judiciales.
cve: BOE-A-2021-6609
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes.