T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-6606)
Sala Segunda. Sentencia 60/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de amparo 6820-2019. Promovido por don Mourad Hlal respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Guadalajara en juicio verbal de desahucio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: emplazamiento mediante edictos sin agotar las posibilidades de comunicación personal (STC 62/2020).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. TC. Pág. 47533
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6606
Sala Segunda. Sentencia 60/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de
amparo 6820-2019. Promovido por don Mourad Hlal respecto de las
resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Guadalajara en
juicio verbal de desahucio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin
indefensión: emplazamiento mediante edictos sin agotar las posibilidades de
comunicación personal (STC 62/2020).
ECLI:ES:TC:2021:60
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados, don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 6820-2019, promovido por don Mourad Hlal, contra el
auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Guadalajara de 11 de octubre de 2019,
por el que se desestima el incidente de nulidad de actuaciones, pronunciado en el juicio
verbal de desahucio núm. 4-2018. Ha comparecido don Luis Javier Lobato Alonso. Ha
intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Juan Antonio Xiol
Ríos.
I. Antecedentes
1. Don Mourad Hlal, representado por la procuradora de los tribunales doña
Jennifer Vicente Benito y bajo la dirección de la letrada doña Sonia Ruiz Higes, interpuso
recurso de amparo contra la resolución citada en el encabezamiento, mediante escrito
registrado en este tribunal el 25 de noviembre de 2019.
El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes:
a) El 2 de enero de 2018 se interpuso demanda de desahucio contra el recurrente
en amparo, dando lugar al juicio verbal 4-2018, tramitado por el Juzgado de Primera
Instancia núm. 1 de Guadalajara.
El órgano judicial intentó los días 8 y 12 de marzo de 2018 la notificación de la
condición de demandado al recurrente en amparo en el domicilio objeto del
arrendamiento, resultando infructuoso al no encontrarse nadie en la vivienda y estar las
ventanas cerradas, no constando el nombre del interesado en el buzón. Se dejó aviso de
citación por debajo de la puerta del domicilio.
b) El letrado de la administración de justicia, por diligencia de ordenación de 20 de
marzo de 2018, acordó, de conformidad con lo previsto en el art. 440.3 de la Ley de
enjuiciamiento civil (LEC), fijar la cédula de requerimiento y citación en el tablón de
anuncios de la oficina judicial. Por decreto de 10 de abril de 2018, se dio por terminado el
procedimiento por la incomparecencia del recurrente de amparo, declarando la
obligación de pago y la posibilidad de instar despacho de ejecución.
cve: BOE-A-2021-6606
Verificable en https://www.boe.es
2.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. TC. Pág. 47533
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6606
Sala Segunda. Sentencia 60/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de
amparo 6820-2019. Promovido por don Mourad Hlal respecto de las
resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia de Guadalajara en
juicio verbal de desahucio. Vulneración del derecho a la tutela judicial sin
indefensión: emplazamiento mediante edictos sin agotar las posibilidades de
comunicación personal (STC 62/2020).
ECLI:ES:TC:2021:60
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional compuesta por la magistrada doña
Encarnación Roca Trías, presidenta, y los magistrados, don Juan Antonio Xiol Ríos, don
Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 6820-2019, promovido por don Mourad Hlal, contra el
auto del Juzgado de Primera Instancia núm. 1 de Guadalajara de 11 de octubre de 2019,
por el que se desestima el incidente de nulidad de actuaciones, pronunciado en el juicio
verbal de desahucio núm. 4-2018. Ha comparecido don Luis Javier Lobato Alonso. Ha
intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Juan Antonio Xiol
Ríos.
I. Antecedentes
1. Don Mourad Hlal, representado por la procuradora de los tribunales doña
Jennifer Vicente Benito y bajo la dirección de la letrada doña Sonia Ruiz Higes, interpuso
recurso de amparo contra la resolución citada en el encabezamiento, mediante escrito
registrado en este tribunal el 25 de noviembre de 2019.
El recurso tiene su origen en los siguientes antecedentes:
a) El 2 de enero de 2018 se interpuso demanda de desahucio contra el recurrente
en amparo, dando lugar al juicio verbal 4-2018, tramitado por el Juzgado de Primera
Instancia núm. 1 de Guadalajara.
El órgano judicial intentó los días 8 y 12 de marzo de 2018 la notificación de la
condición de demandado al recurrente en amparo en el domicilio objeto del
arrendamiento, resultando infructuoso al no encontrarse nadie en la vivienda y estar las
ventanas cerradas, no constando el nombre del interesado en el buzón. Se dejó aviso de
citación por debajo de la puerta del domicilio.
b) El letrado de la administración de justicia, por diligencia de ordenación de 20 de
marzo de 2018, acordó, de conformidad con lo previsto en el art. 440.3 de la Ley de
enjuiciamiento civil (LEC), fijar la cédula de requerimiento y citación en el tablón de
anuncios de la oficina judicial. Por decreto de 10 de abril de 2018, se dio por terminado el
procedimiento por la incomparecencia del recurrente de amparo, declarando la
obligación de pago y la posibilidad de instar despacho de ejecución.
cve: BOE-A-2021-6606
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