T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-6599)
Sala Primera. Sentencia 53/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de amparo 6546-2018. Promovido por don Óscar Urralburu Arza, diputado y portavoz del Grupo Parlamentario Podemos en la Asamblea Regional de Murcia, respecto de la inadmisión de una proposición de ley sobre derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario regional. Vulneración del derecho al ejercicio del cargo público representativo en conexión con el derecho de los ciudadanos a la participación: inadmisión de una iniciativa parlamentaria fundada en el veto presupuestario gubernamental cuya suficiencia y razonabilidad no examinó la mesa de la cámara (SSTC 223/2006 y 242/2006).
<< 15 << Página 15
Página 16 Pág. 16
-
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. TC. Pág. 47483

legislatura ya finalizada (IX legislatura de la Asamblea Regional de Murcia), como bien
advierte el Ministerio Fiscal.
Por ello, como venimos declarando para este tipo de supuestos (así,
SSTC 107/2001, de 23 de abril, FJ 10; 203/2001, de 15 de octubre, FJ 6; 177/2002,
de 14 de octubre, FJ 11; 90/2005, de 18 de abril, FJ 8; 141/2007, de 18 de junio, FJ 6;
33/2010, de 19 de julio, FJ 6, y 212/2016, de 15 de diciembre, FJ 7), no cabe adoptar en
el fallo de nuestra sentencia una medida destinada al pleno restablecimiento del derecho
vulnerado por la mesa de la Asamblea Regional de Murcia, de suerte que la pretensión
del recurrente ha de quedar satisfecha mediante la declaración de la lesión de su
derecho garantizado en el art. 23.2 CE, en relación con el derecho reconocido por el
art. 23.1 CE, y la declaración de la nulidad de los acuerdos parlamentarios que
impidieron su ejercicio.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD
QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
Estimar el recurso de amparo interpuesto por don Óscar Urralburu Arza y, en su
virtud:
1.º Declarar que ha sido vulnerado su derecho al ejercicio del cargo público
parlamentario con los requisitos que señalan las leyes (art. 23.2 CE), en conexión con el
derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos a través de sus
representantes (art. 23.1 CE).
2.º Restablecer al recurrente en su derecho y, a tal fin, declarar la nulidad del
acuerdo de 28 de mayo de 2018 de la mesa de la Asamblea Regional de Murcia, que
decidió la no admisión a trámite de la proposición de ley «de modificación de la
Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los derechos y deberes de los usuarios del sistema
sanitario de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia» (9L/PPL-085), presentada
por el recurrente como portavoz del Grupo Parlamentario Podemos, y del acuerdo 6 de
septiembre de 2018, desestimatorio de la solicitud de reconsideración del anterior.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-6599
Verificable en https://www.boe.es

Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.–Juan José González
Rivas.–Andrés Ollero Tassara.–Santiago Martínez-Vares García.–Alfredo Montoya
Melgar.–Cándido Conde-Pumpido Tourón.–María Luisa Balaguer Callejón.–Firmado y
rubricado.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X