T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-6598)
Sala Primera. Sentencia 52/2021, de 15 de marzo de 2021. Recurso de amparo 5565-2018. Promovido por don Carlos Santiago Contreras respecto de las resoluciones dictadas por un juzgado de primera instancia e instrucción de Valdemoro (Madrid) en procedimiento de ejecución hipotecaria. Alegada vulneración del derecho a la tutela judicial sin indefensión: inadmisión, por prematuro, del recurso de amparo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

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reforzar la fundamentación del recurso, mas no ampliarlo o variarlo sustancialmente
(STC 85/1999, de 10 de mayo, FJ 2).
En definitiva, las actuaciones procesales acaecidas en el procedimiento de ejecución
hipotecaria con posterioridad a la interposición del presente recurso de amparo lo
convierten en prematuro, con la consiguiente declaración de inadmisibilidad del mismo.
En todo caso, quedaría abierta al recurrente la posibilidad de venir nuevamente en
amparo contra la decisión que adopte la Audiencia Provincial de Madrid, así como contra
la del juzgado de instancia, en el caso de que considere que no han llevado a cabo la
reparación del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva impetrado en el incidente
de nulidad de actuaciones, y reiterado, posteriormente, en el incidente extraordinario de
oposición a la ejecución y en el escrito en el que planteó su recurso de apelación.
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, POR LA AUTORIDAD
QUE LE CONFIERE LA CONSTITUCIÓN DE LA NACIÓN ESPAÑOLA,
Ha decidido
Inadmitir el recurso de amparo interpuesto por don Carlos Santiago Contreras.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2021-6598
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Dada en Madrid, a quince de marzo de dos mil veintiuno.–Juan José González
Rivas.–Andrés Ollero Tassara.–Santiago Martínez-Vares García.–Alfredo Montoya
Melgar.–Cándido Conde-Pumpido Tourón.–María Luisa Balaguer Callejón.–Firmado y
rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X