III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2021-6591)
Resolución de 16 de abril de 2021, de la Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Oviedo, relativo a la colaboración en estudios de grado/postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 47405
proporcionándoles una orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado
de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las exigencias de
la sociedad, y de sus instituciones y empresas.
2.
Fines del CIEMAT.
Que el CIEMAT tiene entre sus objetivos los siguientes:
Promover y ejecutar actividades de I+D de acuerdo con las directrices del Ministerio de
Ciencia e Innovación, en materias energéticas, medioambientales y tecnológicas,
incluyendo el enfoque sociotécnico asociado, así como en campos específicos de
Investigación Básica.
Colaborar con otros centros nacionales de I+D, universidades y empresas.
Fomentar las actividades derivadas de su I+D en los campos de la difusión científicotécnica, la educación y la transferencia de tecnología. Por lo que el CIEMAT desea
participar en las enseñanzas de grado/postgrado de la Universidad de Oviedo.
3. Objeto.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en
el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita alcanzar una
síntesis más personalizada y completa de su educación cara al mejor desempeño de su
labor profesional.
4.
Normativa aplicable.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en
el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
5.
Declaración de intenciones.
Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y
complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus respectivos
cometidos en materia de cooperación educativa, para lo cual formalizan el presente
documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que alumnos de la
Universidad de Oviedo realizarán un programa de prácticas académicas externas en el
CIEMAT.
Condiciones generales del Convenio.
El CIEMAT, podrá ofrecer el número de plazas de prácticas que considere necesarias
con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas.
Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en CIEMAT se suscribirá un
modelo normalizado de declaración incluido como anexo de este convenio, con los detalles
de las prácticas a desarrollar.
La participación de CIEMAT, en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
cve: BOE-A-2021-6591
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 47405
proporcionándoles una orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado
de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las exigencias de
la sociedad, y de sus instituciones y empresas.
2.
Fines del CIEMAT.
Que el CIEMAT tiene entre sus objetivos los siguientes:
Promover y ejecutar actividades de I+D de acuerdo con las directrices del Ministerio de
Ciencia e Innovación, en materias energéticas, medioambientales y tecnológicas,
incluyendo el enfoque sociotécnico asociado, así como en campos específicos de
Investigación Básica.
Colaborar con otros centros nacionales de I+D, universidades y empresas.
Fomentar las actividades derivadas de su I+D en los campos de la difusión científicotécnica, la educación y la transferencia de tecnología. Por lo que el CIEMAT desea
participar en las enseñanzas de grado/postgrado de la Universidad de Oviedo.
3. Objeto.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración en
el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita alcanzar una
síntesis más personalizada y completa de su educación cara al mejor desempeño de su
labor profesional.
4.
Normativa aplicable.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de
octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en
el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan
las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
5.
Declaración de intenciones.
Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes y
complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus respectivos
cometidos en materia de cooperación educativa, para lo cual formalizan el presente
documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que alumnos de la
Universidad de Oviedo realizarán un programa de prácticas académicas externas en el
CIEMAT.
Condiciones generales del Convenio.
El CIEMAT, podrá ofrecer el número de plazas de prácticas que considere necesarias
con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas.
Para cada estudiante que realice las prácticas formativas en CIEMAT se suscribirá un
modelo normalizado de declaración incluido como anexo de este convenio, con los detalles
de las prácticas a desarrollar.
La participación de CIEMAT, en el programa de prácticas no supone la adquisición de
más compromisos que los estipulados en el presente Convenio.
cve: BOE-A-2021-6591
Verificable en https://www.boe.es
Segunda.