T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2021-6614)
Pleno. Sentencia 68/2021, de 18 de marzo de 2021. Recurso de inconstitucionalidad 4261-2018. Interpuesto por el Gobierno de Aragón en relación con diversos preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Competencias en materia de contratación pública: nulidad parcial de los preceptos legales estatales relativos al órgano competente para resolver, en el ámbito autonómico, el recurso especial en materia de contratación; eficacia de las clasificaciones de empresas, e inserción en una sola plataforma electrónica del perfil de contratante de las entidades locales; interpretación conforme con la Constitución de distintos preceptos legales y apreciación de diversos supuestos de disconformidad con el orden constitucional de distribución de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. TC. Pág. 47635

SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
6614

Pleno. Sentencia 68/2021, de 18 de marzo de 2021. Recurso de
inconstitucionalidad 4261-2018. Interpuesto por el Gobierno de Aragón en
relación con diversos preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Competencias en
materia de contratación pública: nulidad parcial de los preceptos legales
estatales relativos al órgano competente para resolver, en el ámbito
autonómico, el recurso especial en materia de contratación; eficacia de las
clasificaciones de empresas, e inserción en una sola plataforma electrónica
del perfil de contratante de las entidades locales; interpretación conforme con
la Constitución de distintos preceptos legales y apreciación de diversos
supuestos de disconformidad con el orden constitucional de distribución de
competencias.

ECLI:ES:TC:2021:68
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Juan José
González Rivas, presidente; la magistrada doña Encarnación Roca Trías; los
magistrados don Andrés Ollero Tassara, don Santiago Martínez-Vares García, don Juan
Antonio Xiol Ríos, don Pedro José González-Trevijano Sánchez, don Antonio Narváez
Rodríguez, don Alfredo Montoya Melgar, don Ricardo Enríquez Sancho y don Cándido
Conde-Pumpido Tourón y la magistrada doña María Luisa Balaguer Callejón, ha
pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 4261-2018, promovido por el Gobierno de
la Comunidad Autónoma de Aragón, contra diversos preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Ha comparecido y formulado alegaciones el
abogado del Estado. Ha sido ponente el magistrado don Juan Antonio Xiol Ríos.

1. Con fecha 24 de julio de 2018 tuvo entrada en el registro general de este tribunal
el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la letrada de la Comunidad Autónoma
de Aragón, en defensa y representación del Gobierno de esa comunidad, contra los
siguientes artículos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público,
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento
Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en
adelante, LCSP): art. 2.3 en conexión con la disposición final primera; art. 9.2; art. 11;
art. 18; arts. 26.2 y 319 en conexión con el art. 27.2 a); art. 28.4; art. 29.2; art. 30;
apartados 1, 2, 4, 6 y primer párrafo de la letra b) del apartado 7 del art. 32; letra c) del
apartado 2 del art. 39 en conexión con el art. 347.3; art. 41.3; letras a) y c) del

cve: BOE-A-2021-6614
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I. Antecedentes