I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Fondo de Liquidez. (BOE-A-2021-6465)
Orden PCM/377/2021, de 22 de abril, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 17 de marzo de 2021, por el que se establece el procedimiento para la adhesión de las Comunidades Autónomas destinatarias de los recursos adicionales de la ayuda a la recuperación para la cohesión y los territorios de España (REACT-UE) al compartimento Fondo de Liquidez REACT-UE, así como las condiciones financieras de las operaciones de crédito en 2021 y resto de condiciones para su disposición.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 46411

ANEXO 5

Prestatario.

La Administración de la Comunidad Autónoma.

Prestamista.

Administración General del Estado con cargo al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas a través del
compartimento Fondo de Liquidez REACT-UE.

Banco agente.

Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Divisa del préstamo.

Euros.

Plazo vencimiento final.

Hasta el 15 de octubre de 2026.

Agente de pagos.

ICO.

Períodos de devengo de
Intereses.

El primer periodo de devengo de intereses se inicia, para cada disposición en la fecha de la misma, y finaliza el 15 de
octubre de 2022.
A partir del 15 de octubre de 2022 los periodos de interés tendrán una duración anual y el período de devengo de
cada año finalizará el 15 de octubre del año siguiente.

Período de disposición del
préstamo.

El período de disposición se inicia desde la firma del contrato de préstamo según las instrucciones de la Secretaria de
Estado de Hacienda y finaliza en la fecha de desembolso del préstamo correspondiente a la solicitud presentada por
la Comunidad Autónoma en el mes de septiembre según lo dispuesto en la instrucción de la Secretaria de Estado de
Hacienda. En ningún caso podrá superar el 31 de diciembre del año a que se refieran los desembolsos.

Principal pendiente de
pago.
o saldo vivo de los
préstamos.

En cada fecha de pago se calculará a partir de:.
a) La suma de las disposiciones realizadas hasta dicho momento,.
b) La resta de las amortizaciones realizadas hasta dicho momento.

Interés.

A las disposiciones de recursos con cargo al compartimento Fondo de Liquidez REACT-UE del Fondo de Financiación
a Comunidades Autónomas 2021 que se realicen, se les aplicará un mismo tipo de interés fijo igual al rendimiento
medio de la Deuda del Estado a plazo equivalente, calculado como el promedio de las referencias obtenidas los tres
primeros días hábiles TARGET-2 del mes (o del mes anterior) de la disposición, de acuerdo con los siguientes
criterios:.
Para calcular la rentabilidad del bono de referencia, se tomará la TIR del mismo, tomando el BID que marque la
pantalla ALLQ de Bloomberg, con el contribuyente CBBT (Fit Composite) del cierre de mercados de los días de
cálculo.
En caso de no existir una referencia suficientemente cercana (1 mes), se tomará la interpolación entre las referencias
inmediatamente anterior y posterior a la fecha de vencimiento medio del préstamo.
En caso de que el rendimiento medio de la Deuda del Estado a plazo equivalente resulte negativo, se aplicará un tipo
de interés fijo del 0%.
A partir del día 15 de octubre de 2022 se aplicará un tipo de interés único para cada Comunidad Autónoma a todas
las disposiciones que haya realizado con cargo al Fondo de Liquidez REACT-UE 2021. Este tipo de interés será el
equivalente a la media ponderada de los tipos de interés aplicados a los importes dispuestos en 2021. Las
ponderaciones serán iguales a las disposiciones realizadas.

Base de cálculo de
Intereses.

Actual/ Actual, no ajustada.
La base de cálculo se determina a través de los días transcurridos desde la última fecha de pago hasta la siguiente,
dividido entre el número de días del año natural (es decir «Periodo de Devengo de Intereses» de la regla general
entre 365 ó 366).
Si una fecha de pago de intereses fuera inhábil a efectos del sistema TARGET-2 de pagos europeo, el pago de
intereses se diferirá al día hábil inmediatamente posterior, sin que se tenga derecho a percibir intereses adicionales
por dicho diferimiento.

Importes a satisfacer en
concepto de intereses en
cada fecha de pago.

Como regla general, los intereses se calcularán sobre la base de la siguiente regla:.
Tipo de Interés*base de cálculo de intereses*principal pendiente de pago en la anterior fecha de pago.

cve: BOE-A-2021-6465
Verificable en https://www.boe.es

Condiciones financieras de los recursos asignados al Fondo de Financiación a
Comunidades Autónomas a través del compartimento Fondo de Liquidez REACTUE para 2021