I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Organización. (BOE-A-2021-6467)
Orden ETD/379/2021, de 19 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y las Mesas de Contratación de la Subsecretaría, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales y de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97

Viernes 23 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 46417

regulan la Junta y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de
Política Territorial y Función Pública y la Mesa de Contratación de los Servicios
periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno, que se seguirán tramitando por
esta Junta hasta la formalización del contrato.
Finalmente, el tercer régimen transitorio, para las cuestiones relativas a los efectos,
cumplimiento y extinción, incluida la modificación, duración y régimen de prórrogas de
los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de esta
orden, por las Juntas de Contratación creadas por la Orden ECE/1306/2018, de 5 de
diciembre, y por la Orden TFP/31/2019, de 21 de enero, así como de los contratos
administrativos adjudicados con posterioridad a la entrada en vigor de esta norma por la
Junta de Contratación creada por la mencionada Orden TPF/31/2019, en cumplimiento
de lo establecido en el segundo régimen transitorio de esta orden, y que pertenezcan
exclusivamente al ámbito de competencias del Ministerio de Asuntos Económicos y
Transformación Digital, que se llevarán a cabo por los órganos colegiados en materia de
contratación regulados en esta orden.
Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, puesto que cumple con los principios de necesidad y
eficacia, ya que persigue el interés general creando los órganos pertinentes para el
ejercicio de determinadas competencias en el ámbito de contratación, conteniendo la
regulación imprescindible para atender a dicha necesidad.
Para ello, crea y regula los órganos colegiados de contratación esenciales para la
actividad del Ministerio, como son la Junta de Contratación del Ministerio de Asuntos
Económicos y Transformación Digital, así como la Mesa de Contratación en el ámbito de
la Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la
Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de la Secretaría de Estado
de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, y la Mesa de contratación en el
ámbito de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
Los requisitos de proporcionalidad, transparencia y seguridad jurídica de la orden
están garantizados al estar razonablemente engarzada en el ordenamiento jurídico
nacional, en particular en los preceptos recogidos en la sección 3.ª del capítulo II del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y en el libro cuarto, título I, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos
del Sector Público.
Además, es el instrumento normativo más adecuado para la finalidad que se
propone, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evitando cargas
administrativas innecesarias y accesorias, respetando así el principio de eficiencia.
Esta orden ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación
Pública del Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, e informada por la Abogacía del Estado en el Departamento.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función
Pública, dispongo:
Objeto y ámbito de aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la creación de los siguientes órganos colegiados en
el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, así como el
establecimiento de sus respectivas composiciones, sus funciones y sus regímenes de
funcionamiento:
a) La Junta de Contratación.
b) La Mesa de contratación permanente, en el ámbito de las competencias de la
Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital, de la Secretaría de
Estado de Economía y Apoyo a la Empresa y de la Secretaría de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.

cve: BOE-A-2021-6467
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Artículo 1.