V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. (BOE-B-2021-19580)
Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2021, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de programas de formación de ámbito estatal, para la adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios tecnológicos y la transformación digital, dirigidos prioritariamente a las personas ocupadas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 25330
28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con
Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente
inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades
autónomas.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán
como finalidad la financiación de programas de formación de ámbito estatal
dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, orientados a la
adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios
tecnológicos y la transformación digital y al desarrollo personal de los trabajadores,
de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas
profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.
Tercero. Normativa.
Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en:
. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
. El Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/
2015, de 9 de septiembre.
. El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en todas las
medidas que ayuden a agilizar y flexibilizar su tramitación.
. La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real
Decreto 694/2017, en relación con la oferta formativa de las administraciones
competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
Cuarto. Cuantía.
Esta convocatoria se desarrollará en el marco del Plan Nacional de
Recuperación, Transformación y Resiliencia a aprobar, y de acuerdo con lo
recogido en el presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal para
2021 es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»)
La concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y
suficiencia del citado crédito presupuestario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
cve: BOE-B-2021-19580
Verificable en https://www.boe.es
Los programas de formación que se desarrollen al amparo de esta
convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario
19.101.240A.482.60 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo
Estatal, por un importe de 50.000.000 euros, correspondiendo al ejercicio 2021,
30.000.000 euros y al ejercicio 2022, 20.000.000 euros.
Núm. 97
Viernes 23 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 25330
28 de marzo, con presencia en más de una Comunidad Autónoma o ciudad con
Estatuto de Autonomía, constituidas por entidades de formación debidamente
inscritas en el Registro correspondiente, titulares de aulas o instalaciones para
formación presencial o plataformas digitales, que permitan la impartición de las
especialidades formativas que solicitan en, al menos, dos comunidades
autónomas.
Segundo. Objeto.
Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria tendrán
como finalidad la financiación de programas de formación de ámbito estatal
dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas, orientados a la
adquisición y mejora de competencias profesionales relacionadas con los cambios
tecnológicos y la transformación digital y al desarrollo personal de los trabajadores,
de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas
profesiones y les permita mejorar su empleabilidad.
Tercero. Normativa.
Esta convocatoria se regirá de acuerdo con lo dispuesto en:
. La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.
. El Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/
2015, de 9 de septiembre.
. El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la
ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en todas las
medidas que ayuden a agilizar y flexibilizar su tramitación.
. La Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real
Decreto 694/2017, en relación con la oferta formativa de las administraciones
competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
Cuarto. Cuantía.
Esta convocatoria se desarrollará en el marco del Plan Nacional de
Recuperación, Transformación y Resiliencia a aprobar, y de acuerdo con lo
recogido en el presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal para
2021 es objeto de financiación mediante los recursos financieros derivados del
Instrumento Europeo de Recuperación («Next Generation EU»)
La concesión de las subvenciones queda condicionada a la vigencia y
suficiencia del citado crédito presupuestario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
cve: BOE-B-2021-19580
Verificable en https://www.boe.es
Los programas de formación que se desarrollen al amparo de esta
convocatoria se financiarán con cargo al crédito presupuestario
19.101.240A.482.60 del presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo
Estatal, por un importe de 50.000.000 euros, correspondiendo al ejercicio 2021,
30.000.000 euros y al ejercicio 2022, 20.000.000 euros.