V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-19585)
Anuncio de información pública de la Dirección General de Energía, Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial de resolución número 404/2021, de 15 de abril, por la que se concede la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas de alta tensión denominadas "Proyecto de cambio de tensión de la línea de doble circuito de transporte de energía eléctrica de 66 kV a 220 kV subestación Candelaria - subestación Buenos Aires y su reformado de cambio de configuración para conexión a subestación Caletillas, subestación El Porís y subestación Granadilla", expediente número SE-2019/074.
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de abril de 2021

Sec. V-B. Pág. 25351

Segundo.- Declarar de Utilidad Pública las instalaciones contempladas en el
proyecto anteriormente indicado, de conformidad con lo establecido en los artículos
55 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 148 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre. En el anexo se relacionan los bienes y titulares afectados por la
declaración, en concreto, de utilidad pública, a los efectos previstos en los artículos
56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre.
Tercero.- El plazo máximo para presentar la solicitud de puesta en servicio de
las instalaciones será de 36 meses, contados a partir de la notificación de la
presente resolución. Dicha solicitud se ajustará a los términos previstos en el
artículo 14 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de
noviembre.
Cuarto.- La ejecución de las instalaciones se ajustará estrictamente a los
documentos de proyecto identificados en la presente resolución, excepto las
modificaciones no sustanciales, que deberán contemplarse como anexos al
Certificado de Dirección y Finalización de Obra según lo indicado en el artículo 45
del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre. Cualquier
modificación sustancial de las características de la instalación autorizada exigirá
nueva resolución de autorización administrativa, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 45.5 de dicho Reglamento.
Quinto.- Las obras se ejecutarán de conformidad con los condicionados
técnicos emitidos por los organismos que se encuentren afectados y por los
establecidos en la Declaración de Impacto Ambiental (Boletín Oficial de Canarias
número 69 de 6 de abril de 2021), que se dan por reproducidos en la presente
Resolución.
Sexto.- La instalación deberá ser ejecutada por instalador o empresa
instaladora en alta tensión.
Séptimo.- Durante el desarrollo y ejecución de las instalaciones, se deberá
cumplir lo establecido en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que
se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de
construcción.
Octavo.- Esta autorización se concede sin perjuicio de la obtención de
cualquier otra autorización exigible por la legislación vigente, cuyo otorgamiento
competa a otras Administraciones y Organismos Públicos.
Noveno.- Previos los trámites legales oportunos, la Administración podrá
declarar la nulidad de esta autorización si se comprobase la inexactitud de las
declaraciones del peticionario que figuran en el expediente, conforme a lo
dispuesto en el artículo 4.3 del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de
10 de noviembre, así como en el artículo 69.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Décimo.- En materia de caducidad, se estará a lo dispuesto en el artículo 11
del Reglamento aprobado por el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre y en el
artículo 95 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En Santa Cruz de Tenerife, Florencio Blanco Fernández, Jefe de Servicio de
Transporte y Generación en R.O.

cve: BOE-B-2021-19585
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 97