III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-6435)
Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de La Orotava, por la que se suspende la inscripción de una escritura de liquidación de gananciales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

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pues se trata de un bien comprado por el marido antes de contraer matrimonio que, sin
embargo, se incluye como integrante de la sociedad de gananciales que se liquida, pero
sin expresión del negocio jurídico por el que se produce tal ganancialidad. Además, una
aportación de la finca a la sociedad de gananciales realizada mediante la escritura
calificada sería contradictoria con la naturaleza propia del acto de liquidación, en tanto en
cuanto se estaría aportando un bien a la sociedad de gananciales que ha quedado
disuelta simultáneamente en ese mismo acto (cfr., entre otras, las Resoluciones de 7 de
noviembre de 2014, 11 de julio de 2018 y 31 de octubre de 2019).
En consecuencia, esta Dirección General ha acordado desestimar el recurso y
confirmar la calificación impugnada.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2021-6435
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 25 de febrero de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X