III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-6442)
Resolución de 22 de julio de 2020, del Parque Móvil del Estado, por la que se publica el Encargo a Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, M.P., SA, para la realización de los trabajos de dirección facultativa de las obras en distintas fachadas del edificio del organismo, en Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 46267

2. Además, que SEGIPSA cuenta con los medios materiales y personales
apropiados para la realización de los trabajos previstos en la DA Décima de la
Ley 33/2003 y más concretamente, los servicios especificados en la escritura pública
formalizada el 4 de abril de 2017 ante el Notario de Madrid, D. Luis Enrique García
Labajo con el número 679 de su protocolo, y que han sido actualizados en la Memoria y
Fichas que se anexan en la citada escritura del 8 de enero de 2019, sin perjuicio de que
dichos servicios se puedan actualizar y/o ampliar previa la existencia de una nueva
verificación de la DGPE.
V. Asimismo, SEGIPSA, de conformidad a lo dispuesto en la Ley 9/2017 de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público, ha acreditado el cumplimiento del requisito
establecido en su artículo 32.2.b) tal y como consta en la memoria de las cuentas
anuales de 2019 de la sociedad (página 43 de la memoria de las cuentas anuales). En
dicho documento se certifica:
1. Que SEGIPSA realiza, como medio propio personificado, para el poder
adjudicador que la controla (Administración General del Estado) y para otros poderes
adjudicadores por él controlados, al menos un 80% de su actividad, con relación al
volumen total de la misma, tal y como resulta de los registros contables de la empresa.
2. Que dicho valor se ha obtenido calculando la media del volumen global de
negocios, en los tres ejercicios anteriores a la formalización del encargo previsto,
resultando ser un promedio del 98,78% y desglosándose, en los tres ejercicios
anteriores, de la siguiente manera:
– En el ejercicio 2017, SEGIPSA realizó un 99,03% de su actividad para el poder
adjudicador que la controla, y para otros poderes adjudicadores por él controlados.
– En el ejercicio 2018, SEGIPSA realizó un 97,43% de su actividad para el poder
adjudicador que la controla, y para otros poderes adjudicadores por él controlados.
– En el ejercicio 2019, SEGIPSA realizó un 99,63% de su actividad para el poder
adjudicador que la controla, y para otros poderes adjudicadores por él controlados.
VI. Que, el régimen jurídico aplicable a los encargos que se realicen a SEGIPSA
será el previsto en el artículo 32 de la Ley 9/2017 y en la Disposición Adicional Décima
de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, que establece el especial régimen jurídico de la
sociedad como Medio Propio personificado de la Administración General del Estado y de
los poderes adjudicadores dependientes de ella. En concreto, los apartados 1.º), 2.º) y,
apartados 7.º) al 10.º); así como, en cuanto a las tarifas a pagar, los apartados 4.º)
y 11.º) de dicha disposición adicional, en cuanto establecen:
«1. La "Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio, Sociedad Anónima"
(SEGIPSA), cuyo capital social deberá ser íntegramente de titularidad pública, tendrá la
consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración
General del Estado y de los poderes adjudicadores dependientes de ella, para la
realización de cualesquiera trabajos o servicios que le sean encomendados relativos a la
gestión, administración, explotación, mantenimiento y conservación, vigilancia,
investigación, inventario, regularización, mejora y optimización, valoración, tasación,
adquisición y enajenación y realización de otros negocios jurídicos de naturaleza
patrimonial sobre cualesquiera bienes y derechos integrantes o susceptibles de
integración en el Patrimonio del Estado o en otros patrimonios públicos, así como para la
construcción y reforma de inmuebles patrimoniales o de uso administrativo.
2. En virtud de dicho carácter, SEGIPSA estará obligada a realizar los trabajos,
servicios, estudios, proyectos, asistencias técnicas, obras y cuantas actuaciones le
encomienden directamente la Administración General del Estado y los poderes
adjudicadores dependientes de ella, en la forma establecida en la presente disposición.
La actuación de SEGIPSA no podrá suponer el ejercicio de potestades
administrativas...»

cve: BOE-A-2021-6442
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Núm. 96