II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-6410)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96
Jueves 22 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 46043
objeto de publicidad en la página web de este Departamento «www.mptfp.gob.es» con la
suficiente antelación.
Una vez formulada renuncia parcial o desistimiento, a la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia parcial o desistimiento pueda ser susceptible de
modificación o subsanación en ningún caso.
Cuarta. Baremo.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos de trabajo se efectuará
de acuerdo con el siguiente baremo:
1.
1.1
Primera Fase:
Valoración de los méritos generales.
a) Valoración del grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa:
Por la posesión de grado personal consolidado se adjudicarán hasta un máximo de 3
puntos, según la distribución siguiente:
– Por un grado personal superior al del nivel del puesto al que se concursa: 3
puntos.
– Por un grado personal igual al del nivel del puesto al que se concursa: 2 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del nivel del puesto al que se
concursa: 1 punto.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del nivel del puesto al que
se concursa: 0,5 puntos.
b) Valoración del trabajo desarrollado. Se valorará hasta un máximo de 6 puntos,
según la distribución siguiente:
b.1) Teniendo en cuenta el nivel de complemento de destino correspondiente a los
puestos de trabajo desempeñados desde el Cuerpo o Escala desde el que participa,
durante los cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, se valorará de la siguiente forma:
b.2) Si el puesto desempeñado pertenece al área funcional o sectorial a que
corresponde el convocado: 1 punto. A estos efectos, se considerará mismo área
funcional los puestos de trabajo de similar contenido técnico o especialización
pertenecientes al ámbito de actuación inspectora o sanitaria, de las Delegaciones o
Subdelegaciones del Gobierno, así como de las Direcciones Insulares de la
Administración General del Estado.
A los funcionarios o funcionarias reingresados se les valorará el puesto que
desempeñen tras su reingreso. En el caso de los funcionarios o funcionarias cesados en
puestos de libre designación o removidos de puestos obtenidos por concurso o cuyo
puesto haya sido suprimido y estén pendientes de asignación de puesto de trabajo, en
aplicación de la Resolución conjunta de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, de 15 de febrero de 1996 (BOE
cve: BOE-A-2021-6410
Verificable en https://www.boe.es
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual
o superior al del puesto al que se concursa: 0,0833 puntos por mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,0666 puntos por mes
trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,05 puntos por mes
trabajado
Núm. 96
Jueves 22 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 46043
objeto de publicidad en la página web de este Departamento «www.mptfp.gob.es» con la
suficiente antelación.
Una vez formulada renuncia parcial o desistimiento, a la solicitud, lo será a todos los
efectos, sin que dicha renuncia parcial o desistimiento pueda ser susceptible de
modificación o subsanación en ningún caso.
Cuarta. Baremo.
La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos de trabajo se efectuará
de acuerdo con el siguiente baremo:
1.
1.1
Primera Fase:
Valoración de los méritos generales.
a) Valoración del grado personal consolidado en el Cuerpo o Escala desde el que
se concursa:
Por la posesión de grado personal consolidado se adjudicarán hasta un máximo de 3
puntos, según la distribución siguiente:
– Por un grado personal superior al del nivel del puesto al que se concursa: 3
puntos.
– Por un grado personal igual al del nivel del puesto al que se concursa: 2 puntos.
– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del nivel del puesto al que se
concursa: 1 punto.
– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del nivel del puesto al que
se concursa: 0,5 puntos.
b) Valoración del trabajo desarrollado. Se valorará hasta un máximo de 6 puntos,
según la distribución siguiente:
b.1) Teniendo en cuenta el nivel de complemento de destino correspondiente a los
puestos de trabajo desempeñados desde el Cuerpo o Escala desde el que participa,
durante los cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, se valorará de la siguiente forma:
b.2) Si el puesto desempeñado pertenece al área funcional o sectorial a que
corresponde el convocado: 1 punto. A estos efectos, se considerará mismo área
funcional los puestos de trabajo de similar contenido técnico o especialización
pertenecientes al ámbito de actuación inspectora o sanitaria, de las Delegaciones o
Subdelegaciones del Gobierno, así como de las Direcciones Insulares de la
Administración General del Estado.
A los funcionarios o funcionarias reingresados se les valorará el puesto que
desempeñen tras su reingreso. En el caso de los funcionarios o funcionarias cesados en
puestos de libre designación o removidos de puestos obtenidos por concurso o cuyo
puesto haya sido suprimido y estén pendientes de asignación de puesto de trabajo, en
aplicación de la Resolución conjunta de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda, de 15 de febrero de 1996 (BOE
cve: BOE-A-2021-6410
Verificable en https://www.boe.es
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual
o superior al del puesto al que se concursa: 0,0833 puntos por mes trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,0666 puntos por mes
trabajado.
– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino
inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,05 puntos por mes
trabajado