II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-6410)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 46040
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, el Ministerio/
Organismo no estará obligado a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si
ese puesto fuera adjudicado en este concurso.
5. Los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados
puestos en exclusiva, no podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de
trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización de este Ministerio de
conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o
Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén
adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo
conceder la referida autorización.
6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del
personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal Tributaria
y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de
puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición
previa de autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades
del servicio.
7. Los funcionarios y funcionarias en situación de servicios especiales con derecho
a reserva de puesto y excedencia por el cuidado de familiares (artículos 87 y 89.4
respectivamente, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), durante
el transcurso de su situación, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de
posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en
el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
8. Los funcionarios y funcionarias en situación de excedencia voluntaria por interés
particular o por agrupación familiar (artículos 89.2 y 89.3 respectivamente, del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), solo podrán participar en el
concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han
transcurrido más de dos años desde que fueron declarados en dicha situación.
9. Los funcionarios y funcionarias en situación administrativa de Servicio en otras
Administraciones Públicas, conforme establece el artículo 88 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo podrán tomar parte en el concurso si, en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido más de
dos años desde su transferencia o traslado y en todo caso desde la toma de posesión en
su actual puesto de trabajo definitivo.
10. Los funcionarios y funcionarias en situación administrativa de expectativa de
destino y excedencia forzosa están obligados a concursar de acuerdo con lo establecido
en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/84, de 2 de agosto, tal y como resulta de
la modificación efectuada por la Ley 22/93, de 29 de diciembre.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», de forma telemática a través del Portal «Funciona», en el enlace
Funciona (Recursos Humanos, Mis Servicios de RRHH): https://www.funciona.es/public/
funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, - Solicitudes - Concurso Méritos – Solicitud de
Concurso Méritos, siendo imprescindible la acreditación de la firma por medio de
certificado electrónico.
cve: BOE-A-2021-6410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 96
Jueves 22 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 46040
ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En
el caso de que no solicite el puesto que ocupa en adscripción provisional, el Ministerio/
Organismo no estará obligado a asignarle un puesto de trabajo en la misma localidad si
ese puesto fuera adjudicado en este concurso.
5. Los funcionarios y funcionarias de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados
puestos en exclusiva, no podrán participar en concursos para cubrir otros puestos de
trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización de este Ministerio de
conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados Cuerpos o
Escalas.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén
adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo
conceder la referida autorización.
6. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27
de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del
personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en la Agencia Estatal Tributaria
y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de
puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición
previa de autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades
del servicio.
7. Los funcionarios y funcionarias en situación de servicios especiales con derecho
a reserva de puesto y excedencia por el cuidado de familiares (artículos 87 y 89.4
respectivamente, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), durante
el transcurso de su situación, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del
plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de
posesión del último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en
el artículo 20.1.f de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
8. Los funcionarios y funcionarias en situación de excedencia voluntaria por interés
particular o por agrupación familiar (artículos 89.2 y 89.3 respectivamente, del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), solo podrán participar en el
concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han
transcurrido más de dos años desde que fueron declarados en dicha situación.
9. Los funcionarios y funcionarias en situación administrativa de Servicio en otras
Administraciones Públicas, conforme establece el artículo 88 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo podrán tomar parte en el concurso si, en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido más de
dos años desde su transferencia o traslado y en todo caso desde la toma de posesión en
su actual puesto de trabajo definitivo.
10. Los funcionarios y funcionarias en situación administrativa de expectativa de
destino y excedencia forzosa están obligados a concursar de acuerdo con lo establecido
en el artículo 29, apartados 5 y 6, de la Ley 30/84, de 2 de agosto, tal y como resulta de
la modificación efectuada por la Ley 22/93, de 29 de diciembre.
Tercera. Modelos, plazos y
documentación justificativa.
condiciones
de
presentación
de
solicitudes
y
1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado», de forma telemática a través del Portal «Funciona», en el enlace
Funciona (Recursos Humanos, Mis Servicios de RRHH): https://www.funciona.es/public/
funciona/AreaPersonal/autoservicio.html, - Solicitudes - Concurso Méritos – Solicitud de
Concurso Méritos, siendo imprescindible la acreditación de la firma por medio de
certificado electrónico.
cve: BOE-A-2021-6410
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 96