III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-6454)
Resolución de 14 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Físicos, para la colaboración en materias de meteorología, climatología y medio ambiente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 46332

ejercicio de actividades en materia de formación, documentación y comunicación en
materia meteorológica y climatológica u otras propias de la Agencia, para satisfacer las
necesidades y exigencias nacionales e internacionales.
Segundo.
Que el COFIS, creado por la Ley 34/1976, de 4 de diciembre, es una corporación de
derecho público, amparada por la Constitución y las leyes, y reconocida por el Estado,
con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines y el
ejercicio de sus funciones en la totalidad del territorio nacional, tiene atribuidas, entre
otras, las funciones referidas a la participación en la elaboración de los planes de
estudios y de las normas que regulen la formación y el perfeccionamiento profesional de
los físicos manteniendo contacto con las entidades que colaboren en su formación y
aportar la información necesaria que facilite el acceso a la vida profesional de los
mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 5 del Real Decreto 1703/1981 de 8
de mayo, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Doctores y
Licenciados en Ciencias Físicas.
Tercero.
Que AEMET (el antiguo Instituto Nacional de Meteorología) y el COFIS han
colaborado de forma ininterrumpida desde la firma de un Convenio Marco de
Colaboración el 26 de junio de 1997 que posteriormente fue revalidado mediante la firma
de otro Convenio Marco de Colaboración el 12 de febrero de 2003. Ambos Convenios
tenían como objeto la colaboración en la información, la difusión y la formación en temas
de meteorología, climatología y medio ambiente apoyando todas las iniciativas que
resultasen de interés común.
Cuarto.
Que AEMET y el COFIS tienen interés en continuar con esta colaboración de con el
fin de realizar actividades conjuntas e intercambiar información y asesoramiento en las
materias de meteorología, climatología y medio ambiente y por ellos, dentro de la
competencia de ambas partes, se formaliza el presente Convenio con base a las
siguientes:
CLÁUSULAS
Objeto.

El objeto del presente Convenio es fomentar la colaboración entre ambas
instituciones, AEMET y el COFIS, para la regulación de actividades conjuntas en las
materias de meteorología, climatología y medio ambiente; el intercambio de información
y asesoramiento en los casos y formas que en cada momento se determinen; así como
el desarrollo de programas de colaboración educativa en materias de interés común.
Concretamente, se fomentará la colaboración en la organización de acciones
formativas de interés para ambas partes, con especial foco en la formación del
profesorado de enseñanza secundaria, bachillerato y formación profesional en los
ámbitos de la meteorología, la climatología y el medio ambiente.
AEMET y el COFIS colaborarán en la difusión de convocatorias de empleo por
procesos selectivos públicos, convocatorias de financiación en investigación y desarrollo,
trámites de peritajes y proyectos, etc., que se refieran a las materias de interés común,
así como en cualquier otra acción que derivada de estas sea de interés para ambas
instituciones.

cve: BOE-A-2021-6454
Verificable en https://www.boe.es

Primera.