I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Subvenciones. (BOE-A-2021-6391)
Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96
Jueves 22 de abril de 2021
Universidad beneficiaria
Cuantía 2021
(en euros)
Cuantía 2022
(en euros)
Sec. I. Pág. 45996
Cuantía 2023
(en euros)
Total
(en euros)
Número mínimo
de ayudas a
conceder como
objetivo
Pablo de Olavide.
1.078.857
1.078.857
1.078.857
3.236.571
22
País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
5.415.135
5.415.135
5.415.135
16.245.405
112
Politécnica de Cartagena.
634.041
634.041
634.041
1.902.123
13
Politécnica de Catalunya.
3.332.207
3.332.207
3.332.207
9.996.621
70
Politécnica de Madrid.
3.533.632
3.533.632
3.533.632
10.600.896
73
Politècnica de València.
3.327.709
3.327.709
3.327.709
9.983.127
69
Pompeu Fabra.
1.802.267
1.802.267
1.802.267
5.406.801
39
924.291
924.291
924.291
2.772.873
19
Rey Juan Carlos.
2.412.797
2.412.797
2.412.797
7.238.391
49
Rovira i Virgili.
1.672.165
1.672.165
1.672.165
5.016.495
36
Salamanca.
3.023.492
3.023.492
3.023.492
9.070.476
64
Santiago de Compostela.
2.958.600
2.958.600
2.958.600
8.875.800
62
Sevilla.
5.600.452
5.600.452
5.600.452
16.801.356
116
València (Estudi General).
5.201.237
5.201.237
5.201.237
15.603.711
109
Valladolid.
2.174.839
2.174.839
2.174.839
6.524.517
44
Vigo.
1.810.445
1.810.445
1.810.445
5.431.335
37
Zaragoza.
3.576.812
3.576.812
3.576.812
10.730.436
73
Pública de Navarra.
ANEXO II
Requisitos de las ayudas a convocar por las universidades beneficiarias
Las universidades beneficiarias destinarán las subvenciones aprobadas en el
presente real decreto a la concesión de ayudas en las modalidades previstas en su
artículo 1, con los requisitos y condiciones que se recogen a continuación.
1. Ayudas Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores
a) Estas ayudas podrán tener una duración de dos o tres años.
b) A las personas candidatas se les exigirá el cumplimiento de los siguientes
requisitos como mínimo, sin perjuicio de los requisitos adicionales que pudieran
establecer las propias universidades:
i. Haber transcurrido como máximo dos años entre la fecha de obtención del título
de doctor y la del cierre del plazo de presentación de solicitudes.
No obstante, se ampliará el citado plazo de dos años cuando concurra alguna de las
siguientes situaciones:
cve: BOE-A-2021-6391
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de estas ayudas es la formación de jóvenes doctores mediante estancias
de formación en una universidad pública española o bien en universidades y centros de
investigación extranjeros, así como en Organismos Públicos de Investigación españoles
siempre que el último año de la estancia se realice en una universidad pública española
seleccionada por dichos jóvenes doctores.
Núm. 96
Jueves 22 de abril de 2021
Universidad beneficiaria
Cuantía 2021
(en euros)
Cuantía 2022
(en euros)
Sec. I. Pág. 45996
Cuantía 2023
(en euros)
Total
(en euros)
Número mínimo
de ayudas a
conceder como
objetivo
Pablo de Olavide.
1.078.857
1.078.857
1.078.857
3.236.571
22
País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.
5.415.135
5.415.135
5.415.135
16.245.405
112
Politécnica de Cartagena.
634.041
634.041
634.041
1.902.123
13
Politécnica de Catalunya.
3.332.207
3.332.207
3.332.207
9.996.621
70
Politécnica de Madrid.
3.533.632
3.533.632
3.533.632
10.600.896
73
Politècnica de València.
3.327.709
3.327.709
3.327.709
9.983.127
69
Pompeu Fabra.
1.802.267
1.802.267
1.802.267
5.406.801
39
924.291
924.291
924.291
2.772.873
19
Rey Juan Carlos.
2.412.797
2.412.797
2.412.797
7.238.391
49
Rovira i Virgili.
1.672.165
1.672.165
1.672.165
5.016.495
36
Salamanca.
3.023.492
3.023.492
3.023.492
9.070.476
64
Santiago de Compostela.
2.958.600
2.958.600
2.958.600
8.875.800
62
Sevilla.
5.600.452
5.600.452
5.600.452
16.801.356
116
València (Estudi General).
5.201.237
5.201.237
5.201.237
15.603.711
109
Valladolid.
2.174.839
2.174.839
2.174.839
6.524.517
44
Vigo.
1.810.445
1.810.445
1.810.445
5.431.335
37
Zaragoza.
3.576.812
3.576.812
3.576.812
10.730.436
73
Pública de Navarra.
ANEXO II
Requisitos de las ayudas a convocar por las universidades beneficiarias
Las universidades beneficiarias destinarán las subvenciones aprobadas en el
presente real decreto a la concesión de ayudas en las modalidades previstas en su
artículo 1, con los requisitos y condiciones que se recogen a continuación.
1. Ayudas Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores
a) Estas ayudas podrán tener una duración de dos o tres años.
b) A las personas candidatas se les exigirá el cumplimiento de los siguientes
requisitos como mínimo, sin perjuicio de los requisitos adicionales que pudieran
establecer las propias universidades:
i. Haber transcurrido como máximo dos años entre la fecha de obtención del título
de doctor y la del cierre del plazo de presentación de solicitudes.
No obstante, se ampliará el citado plazo de dos años cuando concurra alguna de las
siguientes situaciones:
cve: BOE-A-2021-6391
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de estas ayudas es la formación de jóvenes doctores mediante estancias
de formación en una universidad pública española o bien en universidades y centros de
investigación extranjeros, así como en Organismos Públicos de Investigación españoles
siempre que el último año de la estancia se realice en una universidad pública española
seleccionada por dichos jóvenes doctores.