I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2021-6390)
Orden TED/371/2021, de 19 de abril, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1 de junio de 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 96

Jueves 22 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 45983

Por último, más allá de la necesaria adaptación de los sistemas informáticos para
poder adaptar la facturación a la nueva estructura de peajes de transporte y distribución
y cargos, y a su facturación de manera independiente (aspectos ya implícitos en el
propio Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo, y en la Circular 3/2020, de 15 de enero,
de la CNMC), se evitan en esta orden las cargas administrativas innecesarias o
accesorias en atención al principio de eficiencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5.2 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de
creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, lo dispuesto en
esta orden ha sido objeto de informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia con fecha 25 de marzo de 2021. El trámite de audiencia de esta orden ha
sido evacuado con fecha 25 de febrero de 2021.
La orden se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la
Constitución española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para determinar
las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y las
bases del régimen minero y energético.
En su virtud, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos, dispongo:
Artículo 1.

Objeto.

Constituye el objeto de esta orden:
a) Establecer los precios aplicables a los segmentos tarifarios de cargos del
sistema eléctrico del 1 de junio al 31 de diciembre de 2021.
b) Establecer los precios aplicables a los aplicables a los puntos de recarga de
vehículos eléctricos de acceso público del 1 de junio al 31 de diciembre de 2021, de
conformidad con la disposición adicional primera del Real Decreto 148/2021, de 9 de
marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los cargos del sistema
eléctrico.
c) Establecer los precios unitarios de aplicación a la financiación de los pagos por
capacidad del 1 de junio al 31 de diciembre de 2021.
Artículo 2.

Precios aplicables a los segmentos tarifarios de cargos.

Los precios aplicables a los distintos segmentos tarifarios de los cargos del sistema
eléctrico a aplicar a partir del 1 de junio de 2021 son:
Precios de los términos de potencia:

Segmento
tarifario

Término de potencia de los cargos (€/kW año)
Periodo 1

Periodo 2

Periodo 3

Periodo 4

Periodo 5

Periodo 6

1

7,202827

0,463229

2

8,950109

4,478963

3,254069

3,254069

3,254069

1,491685

3

9,290603

4,649513

3,378401

3,378401

3,378401

1,548434

4

5,455758

2,730784

1,983912

1,983912

1,983912

0,909293

5

4,368324

2,186024

1,588236

1,588236

1,588236

0,728054

6

2,136839

1,069310

0,777032

0,777032

0,777032

0,356140

cve: BOE-A-2021-6390
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