III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA. Ayudas. (BOE-A-2021-6361)
Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45848
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto Nacional de Administración
Pública, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la
distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de
planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado.
El artículo 6.7 de la 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, establece que la formación
de los empleados públicos se desarrollará a través de los programas específicos que se
promuevan conforme a lo establecido en los acuerdos de formación que se suscriban en
el ámbito de las Administraciones públicas.
Por su parte, el artículo 19.b).4 del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, publicado mediante Resolución de 21
de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, dispone que
corresponde a la Comisión General fijar criterios y adoptar acuerdos en relación con la
distribución, aplicación y gestión de los fondos disponibles para la financiación de las
acciones de formación para el empleo de las Administraciones públicas, en el marco de
los acuerdos de gestión que se suscriban en el seno de dicha Comisión, de conformidad
con los criterios objetivos de distribución equitativa y solidaria de los recursos disponibles
entre todos los beneficiarios del sistema.
En cuanto al régimen jurídico aplicable, de acuerdo con el artículo 2.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la transferencia gratuita de
fondos públicos entre sujetos integrantes del sector público estaría exceptuada del
ámbito de aplicación del régimen de subvenciones establecido por esta Ley. En la misma
línea, la reforma operada en la citada Ley 30/2015, por la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, concretamente en
el citado artículo 6.7, elude calificar de subvenciones la concesión de financiación para la
formación de los empleados públicos.
Por tanto, al no aplicarse la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y sus normas de desarrollo, el procedimiento para la gestión y publicidad
que regirá este acuerdo es el procedimiento administrativo común recogido en las
Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, así como el resto de
normativa administrativa y financiera. Siéndole también de aplicación la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Por ello, se fija un régimen de concurrencia competitiva abierto a todas las entidades
de formación que cumplan los requisitos de acreditación o inscripción conforme a la
normativa vigente como régimen ordinario de concesión de financiación para la
formación de los empleados públicos.
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
acordó, en su reunión de 15 de abril 2021, aprobar los criterios y el procedimiento para la
distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de planes de
formación en el ámbito de la Administración General del Estado, que se recogen en la
presente resolución.
En su virtud, esta Dirección resuelve:
Artículo 1. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto establecer los criterios y el procedimiento para el
reparto, la aplicación y la gestión de los fondos destinados a la financiación de planes de
cve: BOE-A-2021-6361
Verificable en https://www.boe.es
6361
Núm. 95
Miércoles 21 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45848
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 16 de abril de 2021, del Instituto Nacional de Administración
Pública, por la que se establecen los criterios y el procedimiento para la
distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de
planes de formación en el ámbito de la Administración General del Estado.
El artículo 6.7 de la 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de
Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, establece que la formación
de los empleados públicos se desarrollará a través de los programas específicos que se
promuevan conforme a lo establecido en los acuerdos de formación que se suscriban en
el ámbito de las Administraciones públicas.
Por su parte, el artículo 19.b).4 del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018, publicado mediante Resolución de 21
de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, dispone que
corresponde a la Comisión General fijar criterios y adoptar acuerdos en relación con la
distribución, aplicación y gestión de los fondos disponibles para la financiación de las
acciones de formación para el empleo de las Administraciones públicas, en el marco de
los acuerdos de gestión que se suscriban en el seno de dicha Comisión, de conformidad
con los criterios objetivos de distribución equitativa y solidaria de los recursos disponibles
entre todos los beneficiarios del sistema.
En cuanto al régimen jurídico aplicable, de acuerdo con el artículo 2.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la transferencia gratuita de
fondos públicos entre sujetos integrantes del sector público estaría exceptuada del
ámbito de aplicación del régimen de subvenciones establecido por esta Ley. En la misma
línea, la reforma operada en la citada Ley 30/2015, por la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, concretamente en
el citado artículo 6.7, elude calificar de subvenciones la concesión de financiación para la
formación de los empleados públicos.
Por tanto, al no aplicarse la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones y sus normas de desarrollo, el procedimiento para la gestión y publicidad
que regirá este acuerdo es el procedimiento administrativo común recogido en las
Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, y 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, así como el resto de
normativa administrativa y financiera. Siéndole también de aplicación la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Por ello, se fija un régimen de concurrencia competitiva abierto a todas las entidades
de formación que cumplan los requisitos de acreditación o inscripción conforme a la
normativa vigente como régimen ordinario de concesión de financiación para la
formación de los empleados públicos.
La Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas
acordó, en su reunión de 15 de abril 2021, aprobar los criterios y el procedimiento para la
distribución, aplicación y gestión de fondos destinados a la financiación de planes de
formación en el ámbito de la Administración General del Estado, que se recogen en la
presente resolución.
En su virtud, esta Dirección resuelve:
Artículo 1. Objeto.
Esta resolución tiene por objeto establecer los criterios y el procedimiento para el
reparto, la aplicación y la gestión de los fondos destinados a la financiación de planes de
cve: BOE-A-2021-6361
Verificable en https://www.boe.es
6361