I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sector vitivinícola. (BOE-A-2021-6307)
Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 95

Miércoles 21 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 45098

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Real Decreto 283/2021, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto
1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa
de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

El Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del
programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, tiene por objeto establecer la
normativa básica aplicable a una serie de medidas recogidas en el Programa de Apoyo al
sector vitivinícola español 2019-2023, presentado por el Reino de España ante la Comisión
Europea de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea una
organización común de mercados de los productos agrarios, en lo relativo a los programas
de apoyo en el sector vitivinícola, en líneas de actuación diferenciadas, destinadas, entre
otras, a la promoción en terceros países, reestructuración y reconversión de viñedos e
inversiones, que ahora se modifica con una triple finalidad.
Un primer grupo de modificaciones de las medidas incluidas dentro del Programa de
apoyo al vino se concentran en particular la medida de cosecha en verde, sobre la que se
ha constatado que requiere una adaptación urgente para su aplicación eficaz en 2021.
El año 2020, primer año de aplicación efectiva de la cosecha en verde, se ha visto
condicionado por la crisis de COVID-19, que requirió la aplicación de una ayuda a la
cosecha en verde totalmente excepcional y se instrumentó mediante el Real
Decreto 557/2020, de 9 de junio.
Como consecuencia de la experiencia adquirida en el primer año de aplicación de la
medida de la cosecha en verde en 2020, y con el objetivo de establecer las bases para la
aplicación de dicha ayuda cualquier año que se precise, se ha puesto de manifiesto la
necesidad de establecer cambios que faciliten la gestión de la misma y el aprovechamiento
del presupuesto asignado a la medida de una forma más eficiente.
Por ello la cosecha en verde, cuya base normativa es el Real Decreto 1363/2018, de 2
de noviembre, a través de esta modificación, presenta una serie de mejoras.
Así, los principales cambios en la medida de cosecha en verde se focalizan en el
sistema de puntuación de las parcelas de viñedo objeto de ayuda, donde se han
establecido siete criterios de prioridad elegibles, un sistema de desempate en caso de
igualdad de puntuación, y la modificación en la forma de pago de la ayuda que aporta
mayor precisión utilizando el rendimiento medio de la parcela en los tres últimos años para
el cálculo de la ayuda.
Además, se ha dado una nueva redacción a determinados artículos para evitar la
posible creación de condiciones artificiales en el acceso a la ayuda. Y se han incorporado
nuevos artículos para cubrir los vacíos existentes en la estructura de gestión de la medida,
estableciendo plazos y formas de comunicación entre las comunidades autónomas y el
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que aseguren su correcto desenvolvimiento.
Un segundo grupo de cambios, aunque el grueso de las modificaciones se encamina
a esa mejora en la gestión de la cosecha en verde, derivan de la necesaria adaptación de
determinados artículos en otras medidas, también presentes en el real decreto, como son
las de reestructuración y reconversión de viñedo, inversiones y promoción en terceros
países, como consecuencia de la modificación de los Reglamentos (UE) n.º 592, 600
y 884, todos ellos de 2020.
Así, los cambios derivados de la modificación del Reglamento Delegado (UE) 2020/884
de la Comisión que modifica al Reglamento Delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión,
mediante la publicación del Reglamento Delegado (UE) 2021/374 de la Comisión, de 27
de enero de 2021, añaden elementos de flexibilización a considerar en los controles

cve: BOE-A-2021-6307
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