V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS. (BOE-B-2021-19143)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede a Naturgy Renovables, S.L.U., Autorización Administrativa, Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación Planta Fotovoltaica Las Salinetas de 3,7 MW, en el Término Municipal del Telde, en la Isla de Gran Canaria (ER16/0027).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 20 de abril de 2021

Sec. V-B. Pág. 24672

anteponer al interés social que persiguen las energías renovables que es la mejora
ambiental de sistema energético de Canarias. Limitándose exclusivamente los
propietarios a argumentar supuestos defectos formales en la tramitación de la
autorización administrativa, en lugar de defender la primacía de su derecho a la
propiedad frente al interés general que representan las energías renovables y
sostenibles.
4.7 En el trámite de información a otras Administraciones Públicas, acreditada
la notificación al Ayuntamiento de Telde y al Cabildo Insular de Gran Canaria,
ninguna de las instituciones ha manifestado alegación en relación a la declaración
de utilidad pública por afectar a sus bienes y derechos.
En la documentación aportada queda justificado el cumplimiento de la
reglamentación vigente,en relación con las normas técnicas, de seguridad y
planificación energética aplicables.
Por todo ello el técnico que suscribe propone:
1.º Conceder a NATURGY RENOVABLE, S.LU., de autorización administrativa
de la instalación de generación de energía eléctrica denominada Planta
Fotovoltaica Las Salinetas de 3,7 MW, en el término municipal de Telde, cuyas
características se indican en el apartado PRIMERO de la presente resolución.
2.º Declarar la utilidad pública de las instalaciones, a los efectos que prevé el
artículo artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el
artículo 8 de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, del Sector Eléctrico Canario. Los
bienes y derechos afectados por esta autorización administrativa son los que
figuran en el Anuncio publicado en el Boletín Oficial de Canarias, número 114 de 9
de junio de 2020.
Esta autorización administrativa se otorga conforme a lo dispuesto en el
Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por
el que se regulan los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y
puesta en servicio de las instalaciones eléctricas en Canarias, bajo las condiciones
referidas en la presente resolución y en las siguientes:
Primera: La instalación a que se refiere la presente autorización administrativa
se entiende sin perjuicio de las autorizaciones y concesiones por parte de otros
Organismos que resulten competentes, de conformidad con las disposiciones
legales que resulten aplicables y, en especial, de la licencia de obras del
Ayuntamiento de Telde, el Promotor de las obras queda afectado por la legislación
vigente en materia de seguridad y responsabilidad civil.
Segunda: La ejecución de instalaciones a través de los terrenos de Dominio
Público Hidráulico, requiere autorización administrativa del Consejo Insular de
Aguas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.3 de la Ley 12/1990, de
26 de julio, de Aguas de Canarias, en colación con el artículo 37.1 del Decreto 86/
2002, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Dominio Público
Hidráulico.
Tercera: La ejecución de línea de evacuación requiere autorización del Cabildo
de Gran Canaria, en virtud de lo que establece el artículo 2.º, apartado B.1, B.2 y
B.3 del Decreto 112/2002, de 9 de agosto, de traspaso de funciones de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos
Insulares en materia de explotación, uso y defensa y régimen sancionador de las

cve: BOE-B-2021-19143
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Núm. 94