III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-6298)
Resolución de 9 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Zoo Oasys, Parque Temático del Desierto de Tabernas, referente a un programa conjunto de conservación de ungulados.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45057
Por todo lo anterior, las partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
1.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer y regular el régimen jurídico de
colaboración entre las entidades que lo suscriben, para la conservación de las especies/
subespecies custodiadas por la EEZA-CSIC: Nanger dama mhorr, Gazella cuvieri,
Gazella dorcas neglecta y Ammotragus lervia sahariensis.
El marco de colaboración del Zoo OASYS y el CSIC se concreta en la provisión de
espacio, alimento, recursos humanos y cuidados sanitarios a los animales para que se
desarrollen en las mejores condiciones posibles.
El número, especie y sexo de los ejemplares de cada especie/subespecie que
mantendrá el Zoo OASYS será determinado en cada momento por la EEZA-CSIC,
teniendo en cuenta las posibilidades de acogida del zoo, así como los intereses del
programa de conservación de cada una de las especies/subespecies.
a) Los ejemplares que se mantienen en el Zoo OASYS formarán parte del
programa de conservación de la EEZA-CSIC, comprometiéndose el zoo a seguir las
directrices de dicho programa y, en consecuencia, la información sobre las incidencias
habidas con cada uno de los animales será transmitida por el zoo a la EEZA-CSIC con
periodicidad anual y/o a requerimiento de ésta.
b) En caso de que algún individuo o grupo fuera afectado por alguna enfermedad
de relevancia para la gestión de la especie/subespecie concernida, el Zoo OASYS
informará al responsable de dicha especie/subespecie en la EEZA-CSIC a la mayor
brevedad posible.
c) En el supuesto de muerte, el Zoo OASYS se compromete a realizar una
necropsia con la obligación de enviar los resultados de la misma a la EEZA-CSIC.
d) El Zoo OASYS ofrecerá las mejores condiciones de acogida, estabulación,
mantenimiento y seguridad para los animales y para el público, y correrá con los gastos
de su manutención y sanitarios, además de llevar a cabo cualquier otra actuación que
redunde en favor del bienestar y de las óptimas condiciones de reproducción de los
animales.
e) El Zoo OASYS deberá mantener asegurados a los animales en todo momento.
f) El CSIC mantendrá la disposición de los ejemplares presentes en el Zoo OASYS, así
como la de todos sus descendientes. Ningún animal podrá ser objeto de venta, intercambio,
donación, préstamo, cesión o cualquier otro negocio jurídico o contrato, sin la autorización
expresa de dicho organismo a través de la dirección de la EEZA-CSIC y con el visto bueno de
la vicepresidencia de Organización y Relaciones Institucionales del CSIC.
g) Tanto los ejemplares actualmente en posesión del Zoo OASYS como sus
descendientes podrán ser utilizados en proyectos de reintroducción de acuerdo con las
directrices que establezca la EEZA-CSIC.
h) También podrán ser utilizados en proyectos de investigación cuyo fin sea la
generación de conocimiento sobre la especie/subespecie y/o la gestión de sus
poblaciones en cautividad. Para ello se necesitará el permiso previo y por escrito
expedido por el responsable correspondiente de la EEZA-CSIC con el visto bueno del
director de la EEZA-CSIC.
i) Cualquier actuación con los animales que implique un alto riesgo veterinario o de
manejo para los mismos deberá contar previamente con el permiso escrito del
responsable de bienestar animal de la EEZA-CSIC. El referido documento podrá ser
obviado en los casos de extrema gravedad y urgencia.
cve: BOE-A-2021-6298
Verificable en https://www.boe.es
2. Obligaciones y compromisos de las partes.
Núm. 94
Martes 20 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 45057
Por todo lo anterior, las partes suscriben el presente Convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
1.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer y regular el régimen jurídico de
colaboración entre las entidades que lo suscriben, para la conservación de las especies/
subespecies custodiadas por la EEZA-CSIC: Nanger dama mhorr, Gazella cuvieri,
Gazella dorcas neglecta y Ammotragus lervia sahariensis.
El marco de colaboración del Zoo OASYS y el CSIC se concreta en la provisión de
espacio, alimento, recursos humanos y cuidados sanitarios a los animales para que se
desarrollen en las mejores condiciones posibles.
El número, especie y sexo de los ejemplares de cada especie/subespecie que
mantendrá el Zoo OASYS será determinado en cada momento por la EEZA-CSIC,
teniendo en cuenta las posibilidades de acogida del zoo, así como los intereses del
programa de conservación de cada una de las especies/subespecies.
a) Los ejemplares que se mantienen en el Zoo OASYS formarán parte del
programa de conservación de la EEZA-CSIC, comprometiéndose el zoo a seguir las
directrices de dicho programa y, en consecuencia, la información sobre las incidencias
habidas con cada uno de los animales será transmitida por el zoo a la EEZA-CSIC con
periodicidad anual y/o a requerimiento de ésta.
b) En caso de que algún individuo o grupo fuera afectado por alguna enfermedad
de relevancia para la gestión de la especie/subespecie concernida, el Zoo OASYS
informará al responsable de dicha especie/subespecie en la EEZA-CSIC a la mayor
brevedad posible.
c) En el supuesto de muerte, el Zoo OASYS se compromete a realizar una
necropsia con la obligación de enviar los resultados de la misma a la EEZA-CSIC.
d) El Zoo OASYS ofrecerá las mejores condiciones de acogida, estabulación,
mantenimiento y seguridad para los animales y para el público, y correrá con los gastos
de su manutención y sanitarios, además de llevar a cabo cualquier otra actuación que
redunde en favor del bienestar y de las óptimas condiciones de reproducción de los
animales.
e) El Zoo OASYS deberá mantener asegurados a los animales en todo momento.
f) El CSIC mantendrá la disposición de los ejemplares presentes en el Zoo OASYS, así
como la de todos sus descendientes. Ningún animal podrá ser objeto de venta, intercambio,
donación, préstamo, cesión o cualquier otro negocio jurídico o contrato, sin la autorización
expresa de dicho organismo a través de la dirección de la EEZA-CSIC y con el visto bueno de
la vicepresidencia de Organización y Relaciones Institucionales del CSIC.
g) Tanto los ejemplares actualmente en posesión del Zoo OASYS como sus
descendientes podrán ser utilizados en proyectos de reintroducción de acuerdo con las
directrices que establezca la EEZA-CSIC.
h) También podrán ser utilizados en proyectos de investigación cuyo fin sea la
generación de conocimiento sobre la especie/subespecie y/o la gestión de sus
poblaciones en cautividad. Para ello se necesitará el permiso previo y por escrito
expedido por el responsable correspondiente de la EEZA-CSIC con el visto bueno del
director de la EEZA-CSIC.
i) Cualquier actuación con los animales que implique un alto riesgo veterinario o de
manejo para los mismos deberá contar previamente con el permiso escrito del
responsable de bienestar animal de la EEZA-CSIC. El referido documento podrá ser
obviado en los casos de extrema gravedad y urgencia.
cve: BOE-A-2021-6298
Verificable en https://www.boe.es
2. Obligaciones y compromisos de las partes.