II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios del Subgrupo A2. (BOE-A-2021-6257)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Martes 20 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 44879

del Estatuto Básico del Empleado Público), solo podrán participar, si a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, han transcurrido dos años desde la
fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los
supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.
2.5 A los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción
interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban se
les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala
de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de los dos años en destino
definitivo para poder concursar.
2.6 Los funcionarios en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en
adscripción provisional en el Tribunal de Cuentas estarán obligados a participar en este
concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando al menos el mismo,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.1 del Reglamento General de
Ingreso del Personal al servicio de la Administración del Estado y de Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado.
Los funcionarios sin destino definitivo que, habiendo solicitado el puesto que ocupan
provisionalmente, no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con
carácter provisional a otros puestos vacantes en el Tribunal.
Tercera.

Modelos, plazos y formalidades de la solicitud.

3.1 Las solicitudes para participar en el concurso se dirigirán a la Presidencia del
Tribunal de Cuentas. La presentación deberá realizarse en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado», de forma telemática, a través de la sede electrónica de
la web del Tribunal de Cuentas (https://sede.tcu.es).
Excepcionalmente, si el empleado público no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes podrán presentarse también, ajustándose al modelo que figura
como anexo II de esta Resolución, en el Registro General del Tribunal de Cuentas o, en
su caso, en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las
solicitudes que se cursen por conducto de las Oficinas de Correos deberán presentarse
en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser
certificadas.
3.2 Para participar en el concurso se deberá presentar la siguiente documentación,
ajustada a los modelos que se acompañan:

Los modelos se encuentran también disponibles en la sede electrónica de la web del
Tribunal de Cuentas. Para la cumplimentación de los citados anexos deberá seguir
estrictamente las instrucciones que en los mismos se contienen.
El anexo III (Certificado de méritos) deberá ser expedido, utilizando necesariamente
dicho modelo, por las unidades competentes en materia de recursos humanos de los
organismos de destino de los funcionarios participantes que se relacionan en la base
sexta, apartado 6.2, y recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que
en él se señalan.
El certificado de méritos (anexo III) podrá aportarse fuera del plazo de presentación
de instancias, aunque siempre dentro de los diez días siguientes a la finalización del
mismo, en el caso de que, habiendo sido solicitado aquél dentro del referido plazo, y así
lo acredite, no disponga del mismo por causa que no le resulte imputable.

cve: BOE-A-2021-6257
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO II: Solicitud de participación.
ANEXO III: Certificado de méritos, expedido por el órgano competente en materia de
gestión de recursos humanos.
ANEXO IV: Méritos alegados en relación con el puesto o puestos solicitados.