II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2021-6172)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación y Propulsión.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 44428

la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada ley 39/2015, de 1 de
octubre.
Madrid, 12 de abril de 2021.–La Presidenta de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, P. D. (Resolución de 24 de abril de 2018), la Directora del Departamento de
Recursos Humanos, Marta Somarriba Victoria.
ANEXO I
Normas específicas del proceso selectivo para el ingreso por promoción interna en
el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera
1.

Plazas

El conjunto total de plazas a cubrir en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera –
Código 0007– por promoción interna será de 17 plazas distribuidas de la siguiente forma:
7 para la Especialidad de Investigación (0007I).
5 para la Especialidad de Navegación. (0007J).
5 para la Especialidad de Propulsión (0007K).
A efectos de lo dispuesto en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo («Boletín Oficial del Estado» del 15 de abril), se consideran independientes
ambos sistemas de selección por lo que las plazas convocadas por el sistema de
promoción interna que, en su caso, quedaran vacantes, no podrán acumularse a las del
sistema de acceso libre.
2.

Requisitos

Los aspirantes que opten a ingresar en el Cuerpo objeto de esta convocatoria,
deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera, además de los
requisitos enumerados en el apartado Décimo de la citada Orden HFP/688/2017, de 20
de julio, los siguientes:
2.1 Nacionalidad: Ser español.
2.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima
de jubilación forzosa.
2.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
correspondiente a la especialidad a la que se aspire:
– Especialidad de Investigación: Título de Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o Grado.
– Especialidad de Navegación: Título de Licenciado en Náutica y Transporte
Marítimo o Grado en Ingeniería Náutica y Transporte Marítimo o Grado en Náutica y
Transporte Marítimo.
– Especialidad de Propulsión: Título de Licenciado en Máquinas Navales o Grado en
Ingeniería Marina o Grado en Tecnologías Marinas.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que
hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

cve: BOE-A-2021-6172
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 93