II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2021-6172)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación y Propulsión.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 44425
El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen,
modelo 791 aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), se encuentra a
disposición de los interesados en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es [«Sede
electrónica/Procedimientos no Tributarios/Empleo Público/Modelo 791.Empleo Público.
Presentación de instancias oposiciones (Trámites)»].
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo V, siguiendo lo previsto en la «Guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos», disponible en la citada dirección
electrónica.
5.2 La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática con certificado
electrónico o sin certificado electrónico mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la
Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la
dirección de Internet citada en el punto 5.1, sin perjuicio de lo establecido en el apartado
decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. La presentación de solicitudes
se encuentra regulada en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, de 18 de septiembre de 2012 (BOE del 28), modificada por la
de 6 de julio de 2017 (BOE del 14) y la Resolución de 21 de septiembre de 2012 (BOE
del 28) de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en la
Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 19 de
julio de 2019 (BOE del 29).
5.3 El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá al/ a la Director/a del Departamento de Recursos
Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una vez
presentada ésta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
5.4 El ingreso del importe correspondiente a la tasa por derechos de examen se
efectuará por vía telemática en los supuestos de presentación de instancias por vía
telemática con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», o, en su caso,
personándose en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que
actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, en el supuesto de
presentación de instancias por otra modalidad.
En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el
extranjero, se realizará éste en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621
[(IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente
para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense, n.º 85 -28020 Madrid- a
nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID, y siempre que no conste oposición
expresa del interesado al acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos,
manifestada en la solicitud.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención:
b).1 Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
cve: BOE-A-2021-6172
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 93
Lunes 19 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 44425
El modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas convocadas por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria y liquidación de la tasa de derechos de examen,
modelo 791 aprobado por Resolución de 17 de julio de 2020 (BOE del 22), se encuentra a
disposición de los interesados en la dirección de Internet www.agenciatributaria.es [«Sede
electrónica/Procedimientos no Tributarios/Empleo Público/Modelo 791.Empleo Público.
Presentación de instancias oposiciones (Trámites)»].
La solicitud se cumplimentará electrónicamente de acuerdo con su contenido y las
instrucciones del anexo V, siguiendo lo previsto en la «Guía para la cumplimentación de
solicitudes de participación en procesos selectivos», disponible en la citada dirección
electrónica.
5.2 La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática con certificado
electrónico o sin certificado electrónico mediante el sistema «Cl@ve PIN», a través de la
Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria ubicada en la
dirección de Internet citada en el punto 5.1, sin perjuicio de lo establecido en el apartado
decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. La presentación de solicitudes
se encuentra regulada en la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, de 18 de septiembre de 2012 (BOE del 28), modificada por la
de 6 de julio de 2017 (BOE del 14) y la Resolución de 21 de septiembre de 2012 (BOE
del 28) de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y en la
Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 19 de
julio de 2019 (BOE del 29).
5.3 El plazo para realizar la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles
a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado». La solicitud se dirigirá al/ a la Director/a del Departamento de Recursos
Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una vez
presentada ésta, sólo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado
dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
5.4 El ingreso del importe correspondiente a la tasa por derechos de examen se
efectuará por vía telemática en los supuestos de presentación de instancias por vía
telemática con certificado electrónico o mediante el sistema «Cl@ve PIN», o, en su caso,
personándose en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que
actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria, en el supuesto de
presentación de instancias por otra modalidad.
En el caso de que el pago de la tasa de derechos de examen se abone en el
extranjero, se realizará éste en la cuenta corriente número 0128 0072 19 0100005621
[(IBAN: ES48 0128 0072 1901 0000 5621) (BIC: BKBKESMM)], abierta, exclusivamente
para las solicitudes suscritas en el extranjero, en C/ Orense, n.º 85 -28020 Madrid- a
nombre de Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID, y siempre que no conste oposición
expresa del interesado al acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos,
manifestada en la solicitud.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute
de la exención:
b).1 Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de
promoción, formación o reconversión profesionales.
cve: BOE-A-2021-6172
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 93