III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-6138)
Resolución 420/38102/2021, de 8 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Cátedra "Gran Capitán" del Ayuntamiento de Montilla (Córdoba), para la realización de actividades relacionadas con la promoción de la cultura de la defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Sábado 17 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44178
c) Cualquier otra iniciativa que pudiera considerarse de interés común que
proponga la Comisión Mixta.
2.
Por parte de la Cátedra «Gran Capitán»:
a) Promover y organizar jornadas de historia militar, conferencias, coloquios,
congresos, seminarios, exposiciones, mediante el intercambio de experiencias y
conocimientos, en áreas de interés común para ambas entidades.
b) Publicar, mediante el desarrollo regulatorio correspondiente, las obras que
puedan tener interés para el Ministerio de Defensa, así como la titularidad de los
derechos correspondientes.
c) Aquellas otras de interés común que proponga la Comisión Mixta.
Con el fin de alcanzar los objetivos pretendidos, mediante la firma de este convenio,
ambas partes se comprometen a desarrollar aquellas acciones que contribuyan a la
consecución de las actuaciones anteriormente expuestas.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la
Cátedra «Gran Capitán» del Ministerio de Defensa, y sea de «uso público» quedará
sujeta en cuanto a su gestión a lo establecido en la Instrucción 52/2013, de 17 de junio,
del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las Normas para la
Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa en poder de las empresas.
En el supuesto de que se facilite a la Cátedra «Gran Capitán» información de «uso
oficial», igualmente se estará a lo dispuesto en la citada Instrucción 52/2013, de 17 de
junio.
El deber de reserva sobre información de «uso oficial» permanecerá durante el
periodo de vigencia del presente convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de
éste. Asimismo, las partes se comprometen a devolverse o destruir la documentación
recibida en el momento de extinción del presente convenio, sin que sea necesario
requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Con respecto a los datos de carácter personal, las partes se comprometen a cumplir,
en los términos que sean de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las
disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que se traten con motivo de este Convenio se incorporarán a
los Registros de Actividades de Tratamiento (RATs.) de las partes intervinientes, con la
finalidad de gestionar las relaciones descritas en el Convenio. Las partes intervinientes
se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines de este Convenio. Los titulares
de los datos personales podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los
responsables del tratamiento los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Cátedra «Gran Capitán» del Ayuntamiento de
Montilla (Córdoba), en calidad de corresponsables, recaen las responsabilidades del
tratamiento de los datos personales. El Ministerio de Defensa y la Cátedra «Gran
cve: BOE-A-2021-6138
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter
Personal.
Núm. 92
Sábado 17 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44178
c) Cualquier otra iniciativa que pudiera considerarse de interés común que
proponga la Comisión Mixta.
2.
Por parte de la Cátedra «Gran Capitán»:
a) Promover y organizar jornadas de historia militar, conferencias, coloquios,
congresos, seminarios, exposiciones, mediante el intercambio de experiencias y
conocimientos, en áreas de interés común para ambas entidades.
b) Publicar, mediante el desarrollo regulatorio correspondiente, las obras que
puedan tener interés para el Ministerio de Defensa, así como la titularidad de los
derechos correspondientes.
c) Aquellas otras de interés común que proponga la Comisión Mixta.
Con el fin de alcanzar los objetivos pretendidos, mediante la firma de este convenio,
ambas partes se comprometen a desarrollar aquellas acciones que contribuyan a la
consecución de las actuaciones anteriormente expuestas.
La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la
Cátedra «Gran Capitán» del Ministerio de Defensa, y sea de «uso público» quedará
sujeta en cuanto a su gestión a lo establecido en la Instrucción 52/2013, de 17 de junio,
del Secretario de Estado de Defensa, por la que se aprueban las Normas para la
Seguridad de la Información del Ministerio de Defensa en poder de las empresas.
En el supuesto de que se facilite a la Cátedra «Gran Capitán» información de «uso
oficial», igualmente se estará a lo dispuesto en la citada Instrucción 52/2013, de 17 de
junio.
El deber de reserva sobre información de «uso oficial» permanecerá durante el
periodo de vigencia del presente convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de
éste. Asimismo, las partes se comprometen a devolverse o destruir la documentación
recibida en el momento de extinción del presente convenio, sin que sea necesario
requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Con respecto a los datos de carácter personal, las partes se comprometen a cumplir,
en los términos que sean de aplicación, lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos, RGPD), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre,
de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en las
disposiciones de desarrollo que se dicten.
Los datos personales que se traten con motivo de este Convenio se incorporarán a
los Registros de Actividades de Tratamiento (RATs.) de las partes intervinientes, con la
finalidad de gestionar las relaciones descritas en el Convenio. Las partes intervinientes
se abstendrán de hacer ningún tipo de tratamiento de los datos personales que no sea
estrictamente necesario para el cumplimiento de los fines de este Convenio. Los titulares
de los datos personales podrán ejercitar sus derechos frente a cualquiera de los
responsables del tratamiento los derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de los datos personales, y la limitación u oposición a su tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la Cátedra «Gran Capitán» del Ayuntamiento de
Montilla (Córdoba), en calidad de corresponsables, recaen las responsabilidades del
tratamiento de los datos personales. El Ministerio de Defensa y la Cátedra «Gran
cve: BOE-A-2021-6138
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Tercera. Confidencialidad de la Información y Protección de Datos de Carácter
Personal.