I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Contabilidad pública. (BOE-A-2021-6124)
Orden HAC/360/2021, de 14 de abril, por la que se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado; la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado; la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92
Sábado 17 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 44107
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
6124
Orden HAC/360/2021, de 14 de abril, por la que se modifican las Órdenes del
Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se
aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General
del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del
gasto del Estado; la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se
regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás
información que las entidades del sector público empresarial y fundacional
del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de
carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la
Administración del Estado; la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la
que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración
Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la
que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General
del Estado.
En primer lugar, se ha creado un documento contable nuevo con el fin de realizar el
seguimiento de los gastos presupuestarios financiados con Fondos de la Unión Europea,
para lo que se modifica el punto 1 del apartado «Sexto. Clases de documentos»,
añadiendo el epígrafe y) Documento «Anexo Seguimiento Fondos Unión Europea»;
asimismo se ha incorporado el modelo de documento creado, en el anexo II, «Modelos
de los Documentos Contables» y se incluyen las correspondientes notas definitorias de
los campos del mismo, en el anexo I, «Normas de cumplimentación de los documentos
contables» de la orden.
En segundo lugar, se introducen modificaciones en la nota aclaratoria (34) que
establece la fecha de gasto a cumplimentar en los documentos contables de
reconocimiento de la obligación, con el fin de incorporar la fecha que debe consignarse
en operaciones que no estaban contempladas (sentencias, acuerdos de concesión,
contribuciones a Organismos Internacionales, entre otras) así como aclarar la fecha de
gasto a consignar en otras operaciones ya previstas.
En tercer lugar, se trata de incorporar en el registro de todas las operaciones
relativas a la ejecución del presupuesto de gasto, el DIR3 del Centro gestor y de la
unidad tramitadora del expediente de gasto, para cuyo fin se han incluido esos datos en
cve: BOE-A-2021-6124
Verificable en https://www.boe.es
Por la presente Orden se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y
Hacienda de 1 de febrero de 1996 por las que se aprueban los documentos contables a
utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a
seguir en la ejecución del gasto del Estado, la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por
la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás
información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado
han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a
remitir a la Intervención General de la Administración del Estado, la Orden
EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para
la Administración Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre,
por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del
Estado con el fin de incorporar en ellas los cambios que se describen en los párrafos
siguientes.
En la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996 por la
que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del
Estado, se introducen las siguientes modificaciones:
Núm. 92
Sábado 17 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 44107
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE HACIENDA
6124
Orden HAC/360/2021, de 14 de abril, por la que se modifican las Órdenes del
Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se
aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General
del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del
gasto del Estado; la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se
regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás
información que las entidades del sector público empresarial y fundacional
del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de
carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la
Administración del Estado; la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la
que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración
Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la
que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General
del Estado.
En primer lugar, se ha creado un documento contable nuevo con el fin de realizar el
seguimiento de los gastos presupuestarios financiados con Fondos de la Unión Europea,
para lo que se modifica el punto 1 del apartado «Sexto. Clases de documentos»,
añadiendo el epígrafe y) Documento «Anexo Seguimiento Fondos Unión Europea»;
asimismo se ha incorporado el modelo de documento creado, en el anexo II, «Modelos
de los Documentos Contables» y se incluyen las correspondientes notas definitorias de
los campos del mismo, en el anexo I, «Normas de cumplimentación de los documentos
contables» de la orden.
En segundo lugar, se introducen modificaciones en la nota aclaratoria (34) que
establece la fecha de gasto a cumplimentar en los documentos contables de
reconocimiento de la obligación, con el fin de incorporar la fecha que debe consignarse
en operaciones que no estaban contempladas (sentencias, acuerdos de concesión,
contribuciones a Organismos Internacionales, entre otras) así como aclarar la fecha de
gasto a consignar en otras operaciones ya previstas.
En tercer lugar, se trata de incorporar en el registro de todas las operaciones
relativas a la ejecución del presupuesto de gasto, el DIR3 del Centro gestor y de la
unidad tramitadora del expediente de gasto, para cuyo fin se han incluido esos datos en
cve: BOE-A-2021-6124
Verificable en https://www.boe.es
Por la presente Orden se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y
Hacienda de 1 de febrero de 1996 por las que se aprueban los documentos contables a
utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a
seguir en la ejecución del gasto del Estado, la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por
la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás
información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado
han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a
remitir a la Intervención General de la Administración del Estado, la Orden
EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para
la Administración Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre,
por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración General del
Estado con el fin de incorporar en ellas los cambios que se describen en los párrafos
siguientes.
En la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996 por la
que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del
Estado, se introducen las siguientes modificaciones: