III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Premios. (BOE-A-2021-6111)
Resolución de 8 de abril de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44030
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
6111
Resolución de 8 de abril de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional de
Cinematografía correspondiente al año 2021.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de
noviembre, establece, en su punto primero, la relación de los premios nacionales que
concede el departamento, actualmente Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas
actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Cinematografía.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que corresponden al Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales para realizar acciones de fomento, en particular, mediante premios,
ayudas y subvenciones, en cumplimiento de sus fines, este Instituto resuelve:
Convocar el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2021, de
conformidad con lo siguiente:
Primero.
Objeto y finalidad del Premio.
El Premio Nacional de Cinematografía recompensará la aportación más
sobresaliente en el ámbito cinematográfico español, puesta de manifiesto
preferentemente a través de una obra hecha pública o una labor profesional desarrollada
durante el año 2020 o, en casos excepcionales debidamente motivados, podrá otorgarse
como reconocimiento a una trayectoria profesional.
Segundo.
Dotación económica.
La dotación económica del Premio Nacional de Cinematografía es de 30.000,00
euros, cuantía que no podrá dividirse.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.103.335C.482.05 Premio Nacional de Cinematografía del presupuesto
de gastos del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
El fallo del Premio corresponderá a un Jurado integrado por un número de miembros
no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del
Ministerio de Cultura y Deporte, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona
titular de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y las Artes
Audiovisuales, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de
junio de 1995.
Su composición será la siguiente:
Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Instituto
de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
cve: BOE-A-2021-6111
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Jurado.
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44030
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
6111
Resolución de 8 de abril de 2021, del Instituto de la Cinematografía y de las
Artes Audiovisuales, por la que se convoca el Premio Nacional de
Cinematografía correspondiente al año 2021.
La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura, en la redacción dada por la Orden CUL/3009/2011, de 3 de
noviembre, establece, en su punto primero, la relación de los premios nacionales que
concede el departamento, actualmente Ministerio de Cultura y Deporte, en distintas
actividades culturales, entre los que se encuentra el Premio Nacional de Cinematografía.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de los galardonados en cada uno de
los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación hecha
pública o representada durante el año previo al de cada convocatoria.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el apartado primero, en relación con los
apartados noveno y undécimo de la Orden de 22 de junio de 1995, y en atención a las
funciones que corresponden al Instituto de la Cinematografía y de las Artes
Audiovisuales para realizar acciones de fomento, en particular, mediante premios,
ayudas y subvenciones, en cumplimiento de sus fines, este Instituto resuelve:
Convocar el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2021, de
conformidad con lo siguiente:
Primero.
Objeto y finalidad del Premio.
El Premio Nacional de Cinematografía recompensará la aportación más
sobresaliente en el ámbito cinematográfico español, puesta de manifiesto
preferentemente a través de una obra hecha pública o una labor profesional desarrollada
durante el año 2020 o, en casos excepcionales debidamente motivados, podrá otorgarse
como reconocimiento a una trayectoria profesional.
Segundo.
Dotación económica.
La dotación económica del Premio Nacional de Cinematografía es de 30.000,00
euros, cuantía que no podrá dividirse.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.103.335C.482.05 Premio Nacional de Cinematografía del presupuesto
de gastos del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
El fallo del Premio corresponderá a un Jurado integrado por un número de miembros
no inferior a cinco ni superior a diecisiete que serán designados por la persona titular del
Ministerio de Cultura y Deporte, mediante orden ministerial, a propuesta de la persona
titular de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y las Artes
Audiovisuales, en cumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto de la Orden de 22 de
junio de 1995.
Su composición será la siguiente:
Presidencia: Corresponderá a la persona titular de la Dirección General del Instituto
de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
cve: BOE-A-2021-6111
Verificable en https://www.boe.es
Tercero. Jurado.