II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-6085)
Resolución de 6 de abril de 2021, conjunta de la Universidad de Córdoba y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 43778
Primera. Normas Generales.
Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 14/1986, de 25 de
abril, General de Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por
el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo; el Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio,
modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen
las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones
Sanitarias; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por
Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA n.º 4, de 5 de enero de 2018); el Acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de fecha 30 de octubre de 2015, por
el que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes
universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes en la
Universidad de Córdoba; el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo de Gobierno en
sesión de 28 de mayo, por el que se establece la obligatoriedad de utilizar medios
electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo del Personal Docente e
Investigador y del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba
(BOUCO de 28 de mayo de 2020); la Instrucción 1/2020, de 8 de junio de 2020, por la
que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los procedimientos de
selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio Andaluz de Salud
(BOUCO de 9 de junio de 2020); las presentes bases de convocatoria, las normas de
general aplicación y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el
régimen general de ingreso en la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma de
posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe
de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y Especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les
será de aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de
promoción de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
Segunda.
Requisitos de los candidatos.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
cve: BOE-A-2021-6085
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos generales:
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 43778
Primera. Normas Generales.
Al presente concurso le será de aplicación la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el
Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 14/1986, de 25 de
abril, General de Sanidad; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público; el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por
el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes
universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo; el Real
Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de
acceso a cuerpos docentes universitarios; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio,
modificado por el Real Decreto 1652/1991, de 11 de octubre, por el que se establecen
las bases generales del régimen de conciertos entre las Universidades y las Instituciones
Sanitarias; el Decreto 212/2017, de 26 de diciembre, por el que se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, aprobados por
Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA n.º 4, de 5 de enero de 2018); el Acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba, de fecha 30 de octubre de 2015, por
el que se aprueba el Reglamento de concurso de acceso a cuerpos docentes
universitarios, promociones internas y provisión de plazas docentes vacantes en la
Universidad de Córdoba; el Reglamento 31/2020, aprobado por Consejo de Gobierno en
sesión de 28 de mayo, por el que se establece la obligatoriedad de utilizar medios
electrónicos en los procesos selectivos de puestos de trabajo del Personal Docente e
Investigador y del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Córdoba
(BOUCO de 28 de mayo de 2020); la Instrucción 1/2020, de 8 de junio de 2020, por la
que se publica el protocolo para la tramitación telemática en los procedimientos de
selección de plazas de Profesor Contratado Doctor y de concursos de acceso a Cuerpos
Docentes Universitarios, incluyendo las plazas vinculadas al Servicio Andaluz de Salud
(BOUCO de 9 de junio de 2020); las presentes bases de convocatoria, las normas de
general aplicación y, en lo no previsto, por las disposiciones estatales que regulan el
régimen general de ingreso en la Administración Pública.
La vinculación de las plazas de cuerpos docentes universitarios con las plazas
asistenciales del Servicio Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo
Especialista de Área. No obstante, en el supuesto de que, en el momento de la toma de
posesión, el concursante propuesto se encontrase en activo y ocupando el cargo de Jefe
de Servicio o de Sección, obtenido por concurso-oposición en el mismo Centro
hospitalario y Especialidad, se mantendrá en el mismo. Para los que ocupen el cargo de
Jefe de Servicio o Sección con posterioridad a la Orden de 5 de febrero de 1985, les
será de aplicación, para su mantenimiento, la normativa reguladora del sistema de
promoción de tales cargos vigente en el momento de obtención de la plaza vinculada.
Segunda.
Requisitos de los candidatos.
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores. También podrán participar el cónyuge, descendientes y
descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, sean
menores de veintiún años o mayores de edad dependientes. Este último beneficio será
igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se
prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por
cve: BOE-A-2021-6085
Verificable en https://www.boe.es
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos generales: