III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-6106)
Resolución de 23 de marzo de 2021, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con Check-In Producciones, SL, para la organización conjunta de la coproducción del espectáculo teatral "Shock 2 (La Tormenta y la Guerra)", dirigido por Andrés Lima.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44007
18.107.335B.280.14
18.107.335B.280.32
La Empresa correrá hasta un máximo de 38.150 € IVA incluido, con los siguientes
gastos:
– Gastos de preproducción y realización de talleres previos.
– Gastos de viajes y alojamiento del equipo artístico en periodo de ensayos.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta. Contratos derivados del presente convenio.
Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio
sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta.
Distribución de ingresos.
En las representaciones en el Centro Dramático Nacional (Teatro Valle-Inclán de
Madrid), el INAEM ingresará el 100% de la recaudación de taquilla correspondiente,
siendo el responsable de las liquidaciones con la sociedad de gestión que corresponda.
El precio de las entradas será el establecido y aprobado oficialmente por el INAEM.
Durante las representaciones en el Teatro Valle-Inclán de Madrid, la Empresa contará
con diez localidades para el día del estreno y dos localidades para cada una de las
representaciones restantes.
Sexta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de ambos
eventos.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Las partes formalizarán un contrato aparte, en el caso de que cualquier soporte
audiovisual o empresa de radiodifusión se interese en la grabación de la obra. En dicho
contrato, serán tenidos en cuenta expresamente todos los aspectos relativos a los
Derechos individuales que pudieran generarse en materia de propiedad intelectual.
Gira.
– Por acuerdo entre las partes, la Empresa se encargará de la distribución y gestión
de la posible gira de Shock 2 (La Tormenta y la Guerra), corriendo con todos los gastos
inherentes a la misma.
– La Empresa facilitará al INAEM (Centro Dramático Nacional) con la debida
antelación, el correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y
número de representaciones.
– En gira el INAEM (Centro Dramático Nacional) tendrá derecho a 2 localidades
diarias de buena visibilidad.
– La Empresa será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del Centro Dramático Nacional y
someterse a su aprobación.
cve: BOE-A-2021-6106
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.
Núm. 91
Viernes 16 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 44007
18.107.335B.280.14
18.107.335B.280.32
La Empresa correrá hasta un máximo de 38.150 € IVA incluido, con los siguientes
gastos:
– Gastos de preproducción y realización de talleres previos.
– Gastos de viajes y alojamiento del equipo artístico en periodo de ensayos.
Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados
de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se
establece.
Cuarta. Contratos derivados del presente convenio.
Cuando los contratos que deban celebrarse para la ejecución del presente convenio
sean suscritos por entidades del sector público, se tramitarán de conformidad con la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta.
Distribución de ingresos.
En las representaciones en el Centro Dramático Nacional (Teatro Valle-Inclán de
Madrid), el INAEM ingresará el 100% de la recaudación de taquilla correspondiente,
siendo el responsable de las liquidaciones con la sociedad de gestión que corresponda.
El precio de las entradas será el establecido y aprobado oficialmente por el INAEM.
Durante las representaciones en el Teatro Valle-Inclán de Madrid, la Empresa contará
con diez localidades para el día del estreno y dos localidades para cada una de las
representaciones restantes.
Sexta. Promoción y difusión.
Las partes se comprometen a utilizar sus recursos para facilitar la difusión de ambos
eventos.
En toda la promoción y difusión de los eventos que son objeto del presente convenio
habrá de figurar el nombre y el logotipo de las instituciones involucradas, debiendo las
partes hacer entrega de los materiales que sean necesarios para la inclusión de los
citados logotipos a la parte que realice los soportes promocionales en que se han de
incluir los mismos.
Las partes formalizarán un contrato aparte, en el caso de que cualquier soporte
audiovisual o empresa de radiodifusión se interese en la grabación de la obra. En dicho
contrato, serán tenidos en cuenta expresamente todos los aspectos relativos a los
Derechos individuales que pudieran generarse en materia de propiedad intelectual.
Gira.
– Por acuerdo entre las partes, la Empresa se encargará de la distribución y gestión
de la posible gira de Shock 2 (La Tormenta y la Guerra), corriendo con todos los gastos
inherentes a la misma.
– La Empresa facilitará al INAEM (Centro Dramático Nacional) con la debida
antelación, el correspondiente calendario, con indicación de las ciudades, fechas y
número de representaciones.
– En gira el INAEM (Centro Dramático Nacional) tendrá derecho a 2 localidades
diarias de buena visibilidad.
– La Empresa será responsable, asumiendo el gasto correspondiente, de todo lo
relacionado con la promoción de la gira, empleando los diseños originales. En el caso de
que, por parte suya, se desee efectuar alguna variación en los mismos, deberá
informarse al Departamento de Comunicación del Centro Dramático Nacional y
someterse a su aprobación.
cve: BOE-A-2021-6106
Verificable en https://www.boe.es
Séptima.