III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Planes de estudios. (BOE-A-2021-6039)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades, por la que se aprueban recomendaciones en relación con los criterios y estándares de evaluación para la verificación, modificación, seguimiento y renovación de la acreditación de títulos universitarios oficiales de Grado y de Máster ofertados en modalidades de enseñanzas virtuales e híbridas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43455
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades,
por la que se aprueban recomendaciones en relación con los criterios y
estándares de evaluación para la verificación, modificación, seguimiento y
renovación de la acreditación de títulos universitarios oficiales de Grado y de
Máster ofertados en modalidades de enseñanzas virtuales e híbridas.
La sociedad española, como sucede en casi todos los países de nuestro entorno,
está inmersa en un amplio proceso de transformaciones como consecuencia del impacto
que está teniendo la disrupción tecnológica que actualmente se está desarrollando.
Estas transformaciones, con ritmos diversos, afectan a múltiples ámbitos, y en especial
está interpelando al mundo educativo.
En este sentido, el avance en la aplicación y uso de las tecnologías digitales de la
información y la comunicación en los procesos de enseñanza y aprendizaje es ya un
fenómeno generalizado, que ha enraizado con vigor en la educación universitaria. A ello,
sin duda, han contribuido tanto la diseminación entre casi toda la población de
instrumentos de comunicación (móviles, tabletas…) e informáticos (equipos de
sobremesa, portátiles…), como, sobre todo, la eclosión del uso social y profesional de
internet y de las redes sociales. Este proceso se ha visto reforzado, igualmente, por la
implementación en todas las universidades del país de campus virtuales docentes, que
vehiculan la relación académica entre el profesorado y el estudiantado a nivel de cada
asignatura en los planes de estudio de Grado o de Máster, hecho que sobresale viniendo
de universidades, mayoritariamente presenciales, que, aprovechando las posibilidades
tecnológicas educativas, han promovido que algunas de sus materias o asignaturas, e
incluso titulaciones enteras, se desarrollen de forma virtual.
Al mismo tiempo que estos procesos se producían, se han consolidado las
instituciones universitarias que fundamentan su actividad académica esencialmente en la
docencia virtual, algunas de las cuales cuentan con una larga trayectoria en esta forma
de educar, contrastada internacionalmente. Este tipo de instituciones de educación
superior han mostrado un significativo crecimiento tanto de su oferta de titulaciones
como del número de estudiantes matriculados, aumentando de forma considerable la
captación de estudiantado extranjero. De igual modo, en los últimos años se debe
corroborar la aparición considerable de nuevas universidades que sustentan su oferta en
estudios no presenciales.
Todo lo cual comporta una expansión de las titulaciones oficiales de Grado y de
Máster que se imparten en modalidad virtual en España a las que se unen las que se
imparten en la modalidad híbrida –que combina la modalidad presencial y la modalidad
virtual– que, asimismo, con todas las matizaciones y singularidades con las que se han
implementado en las diversas instituciones universitarias, está manifestando un
importante dinamismo. La importancia de este fenómeno ha comportado un sólido
desarrollo de las tecnologías aplicadas a la docencia virtual, y de las metodologías y
recursos educativos utilizados en este tipo de formación universitaria.
Uno de los factores que con mayor vigor está contribuyendo a esta expansión es el
propio incremento de la demanda social de este tipo de formación virtual. En las
sociedades contemporáneas se hacen más complejas las necesidades de formación
universitarias, y específicamente de formación virtual. En efecto, esta amplia casuística
abarca a estudiantes que provienen de los centros de secundaria y que por diversas
motivaciones acceden a estudios universitarios no presenciales. Como también a
personas que, teniendo ya una titulación e insertas en el mercado laboral, buscan un
reciclaje formativo o complementar el que disponen para que así se les abran nuevas
cve: BOE-A-2021-6039
Verificable en https://www.boe.es
6039
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43455
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Universidades,
por la que se aprueban recomendaciones en relación con los criterios y
estándares de evaluación para la verificación, modificación, seguimiento y
renovación de la acreditación de títulos universitarios oficiales de Grado y de
Máster ofertados en modalidades de enseñanzas virtuales e híbridas.
La sociedad española, como sucede en casi todos los países de nuestro entorno,
está inmersa en un amplio proceso de transformaciones como consecuencia del impacto
que está teniendo la disrupción tecnológica que actualmente se está desarrollando.
Estas transformaciones, con ritmos diversos, afectan a múltiples ámbitos, y en especial
está interpelando al mundo educativo.
En este sentido, el avance en la aplicación y uso de las tecnologías digitales de la
información y la comunicación en los procesos de enseñanza y aprendizaje es ya un
fenómeno generalizado, que ha enraizado con vigor en la educación universitaria. A ello,
sin duda, han contribuido tanto la diseminación entre casi toda la población de
instrumentos de comunicación (móviles, tabletas…) e informáticos (equipos de
sobremesa, portátiles…), como, sobre todo, la eclosión del uso social y profesional de
internet y de las redes sociales. Este proceso se ha visto reforzado, igualmente, por la
implementación en todas las universidades del país de campus virtuales docentes, que
vehiculan la relación académica entre el profesorado y el estudiantado a nivel de cada
asignatura en los planes de estudio de Grado o de Máster, hecho que sobresale viniendo
de universidades, mayoritariamente presenciales, que, aprovechando las posibilidades
tecnológicas educativas, han promovido que algunas de sus materias o asignaturas, e
incluso titulaciones enteras, se desarrollen de forma virtual.
Al mismo tiempo que estos procesos se producían, se han consolidado las
instituciones universitarias que fundamentan su actividad académica esencialmente en la
docencia virtual, algunas de las cuales cuentan con una larga trayectoria en esta forma
de educar, contrastada internacionalmente. Este tipo de instituciones de educación
superior han mostrado un significativo crecimiento tanto de su oferta de titulaciones
como del número de estudiantes matriculados, aumentando de forma considerable la
captación de estudiantado extranjero. De igual modo, en los últimos años se debe
corroborar la aparición considerable de nuevas universidades que sustentan su oferta en
estudios no presenciales.
Todo lo cual comporta una expansión de las titulaciones oficiales de Grado y de
Máster que se imparten en modalidad virtual en España a las que se unen las que se
imparten en la modalidad híbrida –que combina la modalidad presencial y la modalidad
virtual– que, asimismo, con todas las matizaciones y singularidades con las que se han
implementado en las diversas instituciones universitarias, está manifestando un
importante dinamismo. La importancia de este fenómeno ha comportado un sólido
desarrollo de las tecnologías aplicadas a la docencia virtual, y de las metodologías y
recursos educativos utilizados en este tipo de formación universitaria.
Uno de los factores que con mayor vigor está contribuyendo a esta expansión es el
propio incremento de la demanda social de este tipo de formación virtual. En las
sociedades contemporáneas se hacen más complejas las necesidades de formación
universitarias, y específicamente de formación virtual. En efecto, esta amplia casuística
abarca a estudiantes que provienen de los centros de secundaria y que por diversas
motivaciones acceden a estudios universitarios no presenciales. Como también a
personas que, teniendo ya una titulación e insertas en el mercado laboral, buscan un
reciclaje formativo o complementar el que disponen para que así se les abran nuevas
cve: BOE-A-2021-6039
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