III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2021-6036)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43443
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CONSUMO
6036
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la
constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de
La Rioja.
Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud y Portavocía del
Gobierno de La Rioja, en fecha 5 de abril de 2021, Convenio para la constitución de la
Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figura como
anexo a esta resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 6 de abril de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael
Escudero Alday.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud y Portavocía del
Gobierno de La Rioja para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad Autónoma de La Rioja
En fecha 5 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el
que se nombran Ministros del Gobierno.
Y de otra parte, doña Sara Alba Corral, Consejera de Salud y Portavocía del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrada por Decreto de la
Presidenta 9/2020, de 24 de agosto. Por razón del cargo que ostenta, está facultada
para la firma de este convenio por delegación del Consejo de Gobierno mediante
Acuerdo de fecha 5 de noviembre de 2019 (BOR núm. 133, de 6 de noviembre de 2019).
Tal delegación se ha producido según lo contemplado en los artículos 23.g) y 25 de la
Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros (BOR
de 13 de noviembre).
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el Capítulo II, del Título V, del Libro
Primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
cve: BOE-A-2021-6036
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43443
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CONSUMO
6036
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de La Rioja, para la
constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de
La Rioja.
Suscrito entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud y Portavocía del
Gobierno de La Rioja, en fecha 5 de abril de 2021, Convenio para la constitución de la
Junta Arbitral de Consumo de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figura como
anexo a esta resolución, procede su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de
conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 6 de abril de 2021.–El Secretario General de Consumo y Juego, Rafael
Escudero Alday.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo y la Consejería de Salud y Portavocía del
Gobierno de La Rioja para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo de la
Comunidad Autónoma de La Rioja
En fecha 5 de abril de 2021.
REUNIDOS
De una parte, don Alberto Carlos Garzón Espinosa, Ministro de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el
que se nombran Ministros del Gobierno.
Y de otra parte, doña Sara Alba Corral, Consejera de Salud y Portavocía del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja, nombrada por Decreto de la
Presidenta 9/2020, de 24 de agosto. Por razón del cargo que ostenta, está facultada
para la firma de este convenio por delegación del Consejo de Gobierno mediante
Acuerdo de fecha 5 de noviembre de 2019 (BOR núm. 133, de 6 de noviembre de 2019).
Tal delegación se ha producido según lo contemplado en los artículos 23.g) y 25 de la
Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros (BOR
de 13 de noviembre).
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo
y de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el Capítulo II, del Título V, del Libro
Primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
cve: BOE-A-2021-6036
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