III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2021-6043)
Resolución de 31 de marzo de 2021, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con Red Eléctrica de España, SAU, para el uso de la red de telecomunicaciones electrónicas con las subestaciones eléctricas de las centrales nucleares españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Jueves 15 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43477

Que el CSN dispone, desde 2003, de una red de comunicaciones electrónicas para
atender emergencias nucleares, (denominada, Red N), a través de la cual se conectan
las distintas centrales nucleares españolas, los puntos involucrados en el Plan Básico de
Emergencia Nuclear (PLABEN) y el CSN. Adicionalmente, existen nodos de dicha Red N
en la Dirección General de Protección Civil y Emergencias, en el Departamento de
Seguridad Nacional de Presidencia del Gobierno (DSN), y en la Unidad Militar de
Emergencias.
Que REE, dispone de una red de comunicaciones electrónicas que enlaza
principalmente las subestaciones de transporte de energía eléctrica y que da servicio al
transporte y a la operación del sistema eléctrico.
Que con fecha 22 de diciembre de 2010 se firmó un Acuerdo de Colaboración entre
el Consejo de Seguridad Nuclear y Red Eléctrica de España, SAU. Dicho acuerdo ya no
está en vigor, por lo que se formaliza el presente documento para adaptarlo a la nueva
legislación administrativa
Que la gestión y explotación eficaz de los respectivos ámbitos de las partes, eléctrico
y nuclear, requiere de comunicaciones muy fiables y, por ello, ambas entidades desean
optimizar los recursos de telecomunicación asociados a sus redes con el fin de
intercambiar datos necesarios para la seguridad de los sistemas eléctrico y nuclear
peninsulares, de forma tal que se establezca un respaldo operativo mutuo ante
incidentes en sus respectivos sistemas energéticos.
Que, habida cuenta de la necesidad de mutua colaboración y la convergencia de
intereses que concurren, ambas partes
ACUERDAN
Primero.

Objeto.

Con el objeto de garantizar un respaldo operativo mutuo ante posibles incidentes en
sus respectivos sistemas energéticos, REE se compromete a facilitar al CSN los medios
de telecomunicación que las partes decidan en cada momento con el fin de reforzar la
Red N de que dispone el CSN, y, al mismo tiempo, el CSN se compromete a facilitar a
REE toda la información de que disponga y que el Centro de Control Eléctrico precise
para garantizar la seguridad del sistema eléctrico español.
Compromisos del CSN Y REE.

1. Que REE gestiona la red de telecomunicaciones entre las subestaciones
eléctricas de los parques eléctricos nucleares y su domicilio social en Madrid, por lo cual
comunicará al CSN cualquier incidencia en esa red y que pudiera afectar a la trasmisión
de datos entre el CSN y las centrales nucleares españolas.
2. Que el CSN gestiona la red comprendida entre las subestaciones eléctricas de
los parques eléctricos nucleares y las correspondientes centrales nucleares, así como la
red entre la sede social de REE en Madrid y los distintos nodos que conforman la Red N.
Por tanto, cualquier intervención en estos tramos que pudiera afectar a REE, el CSN lo
pondrá en conocimiento de REE.
3. Cualquier intervención en el tramo de red propiedad de REE será comunicada
previamente al CSN para su conocimiento.
4. REE se compromete a facilitar el acceso a sus instalaciones al personal del CSN
o contratado para la gestión de su red, con objeto de realizar las labores de
mantenimiento y reparación necesarias de su red en las instalaciones de REE.
Tercero.

Confidencialidad.

Tanto el personal dependiente de REE como del CSN, incluido el personal de las
empresas contratadas, deberán comprometerse a no difundir la información de REE y
del CSN a la que hayan podido tener acceso en el desarrollo de las actividades previstas

cve: BOE-A-2021-6043
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Segunda.