III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-6045)
Resolución de 26 de octubre de 2020, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43519
III. CUESTIONES CLAVE DE LA AUDITORÍA
Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro
juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de las
cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de
nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra
opinión sobre éstas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones.
Sobre la base del trabajo realizado, hemos determinado que no existen riesgos
significativos que deban ser comunicados en nuestro informe.
IV. RESPONSABILIDAD
DEL ÓRGANO DE GESTIÓN EN RELACIÓN CON LAS CUENTAS
ANUALES
El órgano de gestión es responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de
forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los
resultados de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información
financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario
para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a
fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el órgano de gestión es responsable de
la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en
funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la
empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en
funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la obligación legal de
liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa realista.
V. RESPONSABILIDADES
DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE
CUENTAS ANUALES
en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un
informe de auditoría que contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una
auditoría realizada de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
cve: BOE-A-2021-6045
Verificable en https://www.boe.es
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 43519
III. CUESTIONES CLAVE DE LA AUDITORÍA
Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro
juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de las
cuentas anuales del periodo actual. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de
nuestra auditoría de las cuentas anuales en su conjunto, y en la formación de nuestra
opinión sobre éstas, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones.
Sobre la base del trabajo realizado, hemos determinado que no existen riesgos
significativos que deban ser comunicados en nuestro informe.
IV. RESPONSABILIDAD
DEL ÓRGANO DE GESTIÓN EN RELACIÓN CON LAS CUENTAS
ANUALES
El órgano de gestión es responsable de formular las cuentas anuales adjuntas, de
forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los
resultados de la entidad, de conformidad con el marco normativo de información
financiera aplicable a la entidad en España, y del control interno que consideren necesario
para permitir la preparación de cuentas anuales libres de incorrección material, debida a
fraude o error.
En la preparación de las cuentas anuales, el órgano de gestión es responsable de
la valoración de la capacidad de la entidad para continuar como empresa en
funcionamiento, revelando, según corresponda, las cuestiones relacionadas con la
empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en
funcionamiento excepto si el órgano de gestión tiene la intención o la obligación legal de
liquidar la entidad o de cesar sus operaciones o bien no exista otra alternativa realista.
V. RESPONSABILIDADES
DEL AUDITOR EN RELACIÓN CON LA AUDITORÍA DE
CUENTAS ANUALES
en su conjunto están libres de incorrección material, debida a fraude o error, y emitir un
informe de auditoría que contiene nuestra opinión.
Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una
auditoría realizada de conformidad con la normativa reguladora de la actividad de
cve: BOE-A-2021-6045
Verificable en https://www.boe.es
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que las cuentas anuales