III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-6045)
Resolución de 26 de octubre de 2020, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Jueves 15 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43499

Se ha utilizado como umbral de activación para las aplicaciones informáticas lo establecido en la Resolución
Rectoral que se refleja en la Norma de Reconocimiento. Valoración de Inmovilizado Material. El coeficiente de
amortización que se utiliza es el 20 %, el criterio utilizado es el mismo que la Norma de Inmovilizado Material.
Lo previsto en el párrafo anterior supondrá que la adquisición de estos elementos se tratará contablemente como
gasto y, por tanto, se imputará a la cuenta de resultados del ejercicio en el que se realice la adquisición, cuando
su coste unitario sea inferior a la cantidad citada
El tratamiento contable anterior, se realizará sin perjuicio de la inclusión de estos elementos en el inventario del
centro asociado.
Los inmovilizados intangibles que tiene la entidad son los siguientes:
Inversiones realizadas sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento operativo o cedido en uso por un
período inferior a la vida económica del bien cedido.
Las inversiones realizadas sobre activos utilizados en régimen de arrendamiento operativo o cedidos en uso, por
un período inferior a la vida económica, cuando de conformidad con la norma de reconocimiento y valoración
respecto a los arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar, no deban calificarse como
arrendamientos financieros, se contabilizarán en una rúbrica del inmovilizado intangible, siempre que dichas
inversiones no sean separables de los citados activos, y aumenten su capacidad o los rendimientos económicos
futuros o potencial de servicio. La amortización de estos elementos del inmovilizado intangible se realizará en
función de la vida útil de las inversiones realizadas.
El coeficiente de amortización que se ha utilizado en este ejercicio es el indicado por la Intervención General del
Estado estableciendo como fin de amortización la fecha de 30 de octubre de 2020.
Dentro de esta rúbrica, la Entidad tiene registradas todas las obras e instalaciones no separables necesarias que
se realizaron para el inicio de su actividad junto con posteriores de ampliación y mejora en el Colegio Público
Guillem Mesquida, cedido en fecha 29 de octubre de 1998, por el Excelentísimo Ayuntamiento de Palma de
Mallorca.
Dicha cesión de uso es para un período de 25 años.
Otro inmovilizado intangible:
Recoge las cesiones de uso gratuitas por períodos inferiores a la vida económica del bien cedido contabilizadas
según lo establecido en el punto 16 de esta Nota.
La Entidad tiene cesiones de uso gratuitas de los siguientes inmuebles:
a)
b)
c)

Mallorca: Edifici Guillem Mesquida, Camí Roig s/n. Polígon Son Castelló.07009 Palma de Mallorca.
Cedido por el Ayuntamiento de Palma por un período de 25 años, según Convenio de 29 de octubre
de 1998.
Menorca: Claustre del Carme. Plaça Miranda s/n. 07701 Maó. Cedido por el Ayuntamiento de Maó
por un período de 30 años, según Convenio de 3 de marzo de 1995, el uso de la segunda planta del ala
norte del Claustre del Carme.
Eivissa: Carrer de Bes, 9.2ª Planta (Antiga seu del Consell d’Eivissa). 07800 Eivissa. No existe
Convenio por escrito de dicha cesión en el que se refleje la duración de la misma. Dicha cesión de uso
queda reflejada en los Estatutos de la Entidad.

Para la cesión de Ibiza la contabilización es de gasto-ingreso, atendiendo a que no existe por escrito Convenio
respecto al inmueble cedido y además se han producido desde 1989 dos ubicaciones diferentes.

cve: BOE-A-2021-6045
Verificable en https://www.boe.es

Para las cesiones de Mallorca y Menorca se sigue el criterio de contabilización reflejado en el punto 16 de esta
Nota.