III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-6045)
Resolución de 26 de octubre de 2020, del Consorcio Universitario del Centro Asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Illes Balears, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio de 2019 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Jueves 15 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 43497

Con carácter general, podrán excluirse del inmovilizado material y, por tanto, considerarse gasto del ejercicio,
aquellos bienes muebles cuyo precio unitario e importancia relativa, dentro de la masa patrimonial, así lo
aconsejen.
A estos efectos, se utilizará como umbral para la activación del mobiliario, la máquina y utillaje, los equipos
para proceso de información y los fondos bibliográficos y documentales, el importe de 1.500 €uros. Dicho límite
se aplicará en relación con cada elemento que deba ser objeto de seguimiento en el correspondiente inventario.
A efectos del umbral de activación del inmovilizado se ha seguida lo establecido en Resolución Rectoral citada en la
Nota 2.1 de esta Memoria, en la cual establece que los elementos de inmovilizado cuyo importe sea inferior a 150 €uros
se tratarán contablemente como gasto y, por tanto, se imputarán a la cuenta de resultados del ejercicio en el que se
realice la adquisición.
Este umbral de activación del inmovilizado, se recoge de la Disposición Adicional 2ª de la Resolución de 22 de
febrero de 2016, modificada por Resolución de 18 de diciembre de 2017, establece un umbral para la activación
del mobiliario, maquinaria y utillaje, equipos para el proceso de la información, fondos bibliográficos y
documentales y aplicaciones informáticas en la Administracion General del Estado, que podrá aplicarse a los
centros asociados.
Lo previsto en el párrafo anterior supondrá que la adquisición de los elementos de inmovilizado mencionados en
el mismo se tratará contablemente como gasto y, por tanto se imputará a la cuenta de resultados del ejercicio en
el que se realice la adquisición cuando su coste unitario sea inferior a la cantidad citada.
El tratamiento contable anterior, se realizará sin perjuicio de la inclusión de estos elementos en el inventario del
centro asociado.
El deterioro de valor de un activo perteneciente al inmovilizado material, se determina, con carácter general, por
la cantidad que exceda el valor contable de un activo a su importe recuperable, siempre que la diferencia sea
significativa.
A estos efectos, al cierre del ejercicio, se evalúa si existen indicios de que algún elemento pueda estar deteriorado,
en cuyo caso se estima el importe recuperable, efectuando las correcciones valorativas que procedan.
Para evaluar si existe algún indicio de deterioro de los elementos del inmovilizado material portadores de
rendimientos económicos futuros, se tienen en cuente entre otras las siguientes circunstancias:
1. Fuentes externas de información:
a)

Cambios significativos en el entorno tecnológico o legal en los que opera la entidad acaecidos durante
el ejercicio o que se espera se produzcan a corto plazo y que tengan una incidencia negativa sobre la
entidad.
b) Disminución significativa del valor de mercado del activo, si este existe y está disponible, y superior a
la esperada por el paso del tiempo o uso normal.

2. Fuentes internas de información:

Para evaluar si existe algún indicio de deterioro de los elementos del inmovilizado material portadores de un
potencial de servicio, se tienen en cuenta entre otras, además de las circunstancias anteriores, con la salvedad
prevista en el punto 1.b) anterior, las siguientes circunstancias:
a) Interrupción de la construcción del activo antes de su puesta en condiciones de funcionamiento.
b) Cese o reducción significativa de la demanda o necesidad de los servicios prestados.

cve: BOE-A-2021-6045
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a) Evidencia de obsolescencia o deterioro físico del activo.
b) Cambios significativos en cuanto a la forma de utilización del activo acaecidos durante el ejercicio o
que se espera se produzcan a corto plazo y que tengan una incidencia negativa sobre la entidad.
c) Evidencia acreditada mediante los oportunos informes de que el rendimiento del activo es o será
significativamente inferior a lo esperado.