II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-6019)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la categoría profesional de Titulado/a de Grado Medio-Gestor de Investigación, Grupo II.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 43290
Admisión de personas aspirantes
5.
Tribunal calificador
5.1. El tribunal calificador del presente proceso selectivo estará formado por los
miembros que figuran en el Anexo III de estas bases, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.2 Los/as miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento selectivo, notificándolo en su caso al rector de la Universidad de Jaén,
cve: BOE-A-2021-6019
Verificable en https://www.boe.es
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de
Jaén dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en
que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de personas
admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así
como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación
detallada en la base 3 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2. Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de
errores mediante la realización de las alegaciones y presentación de documentación
acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo de alegaciones y presentación de documentación
acreditativa, el rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la cual se publicará en el tablón de
anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/
servinfo/anuncios), y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal.
En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva se decidirá acerca de las
reclamaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su
exclusión u omisión en la lista provisional, y su publicación servirá de notificación a
quienes hayan hecho dichas reclamaciones.
4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.
Contra la citada resolución, de acuerdo con los artículos 6.4 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de
julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, podrá
interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación, recurso de reposición ante el rector de la Universidad de Jaén, de acuerdo a
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e igualmente en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa, de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.
Núm. 90
Jueves 15 de abril de 2021
4.
Sec. II.B. Pág. 43290
Admisión de personas aspirantes
5.
Tribunal calificador
5.1. El tribunal calificador del presente proceso selectivo estará formado por los
miembros que figuran en el Anexo III de estas bases, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
5.2 Los/as miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir en el
procedimiento selectivo, notificándolo en su caso al rector de la Universidad de Jaén,
cve: BOE-A-2021-6019
Verificable en https://www.boe.es
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el rector de la Universidad de
Jaén dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista
provisional de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que deberá
publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en
que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de personas
admitidas y excluidas indicándose, en este último caso, las causas de exclusión, así
como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
Serán excluidos/as aquellos/as aspirantes que no aporten la documentación
detallada en la base 3 de esta convocatoria o presenten la solicitud fuera de plazo.
4.2. Las personas que figuren excluidas u omitidas provisionalmente dispondrán de
un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la
resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para la subsanación de
errores mediante la realización de las alegaciones y presentación de documentación
acreditativa que a su derecho convenga.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente
no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus
datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas.
Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la
omisión quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
4.3. Transcurrido el plazo de alegaciones y presentación de documentación
acreditativa, el rector de la Universidad de Jaén dictará resolución declarando aprobada
la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, la cual se publicará en el tablón de
anuncios del Registro General de la Universidad de Jaén (https://www.ujaen.es/servicios/
servinfo/anuncios), y a título informativo, en la página web del Servicio de Personal.
En la resolución por la que se aprueba la lista definitiva se decidirá acerca de las
reclamaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su
exclusión u omisión en la lista provisional, y su publicación servirá de notificación a
quienes hayan hecho dichas reclamaciones.
4.4. La resolución por la que se declara aprobada la lista definitiva de personas
admitidas y excluidas agotará la vía administrativa.
Contra la citada resolución, de acuerdo con los artículos 6.4 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y 196.1 del Decreto 230/2003, de 29 de
julio, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén, podrá
interponerse, potestativamente, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su
publicación, recurso de reposición ante el rector de la Universidad de Jaén, de acuerdo a
lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, e igualmente en
el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la indicada publicación, recurso
contencioso-administrativo ante la jurisdicción Contencioso-administrativa, de
conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, teniendo en cuenta que no se podrá interponer
este último recurso hasta tanto no se resuelva expresamente el de reposición o se haya
producido su desestimación presunta, en caso de haberlo interpuesto.