III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subastas públicas. (BOE-A-2021-5928)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, sobre la adhesión al Portal de subastas de la Agencia de todas las Administraciones Públicas y organismos vinculados o dependientes de las mismas, para la enajenación de sus bienes patrimoniales mediante subasta pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89
Miércoles 14 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 42876
Públicas, la necesidad de potenciar la reutilización de sistemas y aplicaciones propiedad
de la administración, la necesaria transferencia de tecnología entre Administraciones y el
impulso de aplicaciones comunes de interés para el desarrollo de la administración
electrónica.
Esta Resolución pretende dar cumplimiento a estos principios, poniendo a
disposición de las Administraciones y de los organismos públicos interesados la
adhesión al Portal de subastas de la AEBOE para que estos puedan enajenar sus bienes
patrimoniales mediante subasta celebrada en el mencionado Portal.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Primero.
Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Resolución tiene por objeto facilitar la adhesión al Portal de subastas de
la AEBOE de todas las Administraciones Públicas y organismos vinculados o
dependientes de las mismas, para la enajenación de sus bienes patrimoniales mediante
subasta pública.
Segundo.
Adhesión al Portal de subastas de la AEBOE.
Las Administraciones Públicas, así como los Organismos vinculados o dependientes
de las mismas, que estén interesados en adherirse al procedimiento que se regula en la
presente Resolución, deberán comunicarlo por escrito dirigido a la Dirección de la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, mediante el modelo de solicitud que se recoge
en el anexo a la presente resolución.
Tercero. Régimen jurídico.
La enajenación de los bienes patrimoniales se regirá por su legislación específica,
que en cuanto al procedimiento de subasta deberá ajustarse a lo establecido en la
Resolución de fecha 7 de Octubre de 2019, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, por la que se hacen públicas las condiciones en las que se desarrollarán los
procedimientos de enajenación en el Portal de Subastas de la Agencia.
Cuarto.
Especificaciones técnicas.
Durante el proceso de adhesión regulado en esta resolución, la AEBOE
proporcionará las especificaciones técnicas necesarias para su integración en el Portal
de subastas electrónicas.
cve: BOE-A-2021-5928
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de abril de 2021.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, Manuel Tuero Secades.
Núm. 89
Miércoles 14 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 42876
Públicas, la necesidad de potenciar la reutilización de sistemas y aplicaciones propiedad
de la administración, la necesaria transferencia de tecnología entre Administraciones y el
impulso de aplicaciones comunes de interés para el desarrollo de la administración
electrónica.
Esta Resolución pretende dar cumplimiento a estos principios, poniendo a
disposición de las Administraciones y de los organismos públicos interesados la
adhesión al Portal de subastas de la AEBOE para que estos puedan enajenar sus bienes
patrimoniales mediante subasta celebrada en el mencionado Portal.
En virtud de lo anterior, dispongo:
Primero.
Objeto y ámbito de aplicación.
La presente Resolución tiene por objeto facilitar la adhesión al Portal de subastas de
la AEBOE de todas las Administraciones Públicas y organismos vinculados o
dependientes de las mismas, para la enajenación de sus bienes patrimoniales mediante
subasta pública.
Segundo.
Adhesión al Portal de subastas de la AEBOE.
Las Administraciones Públicas, así como los Organismos vinculados o dependientes
de las mismas, que estén interesados en adherirse al procedimiento que se regula en la
presente Resolución, deberán comunicarlo por escrito dirigido a la Dirección de la
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, mediante el modelo de solicitud que se recoge
en el anexo a la presente resolución.
Tercero. Régimen jurídico.
La enajenación de los bienes patrimoniales se regirá por su legislación específica,
que en cuanto al procedimiento de subasta deberá ajustarse a lo establecido en la
Resolución de fecha 7 de Octubre de 2019, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, por la que se hacen públicas las condiciones en las que se desarrollarán los
procedimientos de enajenación en el Portal de Subastas de la Agencia.
Cuarto.
Especificaciones técnicas.
Durante el proceso de adhesión regulado en esta resolución, la AEBOE
proporcionará las especificaciones técnicas necesarias para su integración en el Portal
de subastas electrónicas.
cve: BOE-A-2021-5928
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de abril de 2021.–El Director de la Agencia Estatal Boletín Oficial del
Estado, Manuel Tuero Secades.