III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2021-5931)
Resolución de 6 de abril del 2021, de la Dirección General de Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con Acciona, SA, para la colaboración en proyectos tecnológicos en el Museo Arqueológico Nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 42886

– Declarar, de acuerdo a lo establecido en el expositivo, que el MAN tiene la
consideración de entidad beneficiaria del mecenazgo de conformidad a lo establecido en
la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines
lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Cuarta.

Cesión de derechos de propiedad intelectual.

En relación con esta cláusula, y respecto al Proyecto de Digitalización, se estará a lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (BOE n.º 97, de 22 de abril de 1996)
(en lo sucesivo «LPI»), con el que se regularizan, aclaran y armonizan las disposiciones
vigentes sobre la materia.
Acciona, S.A. cede de forma no exclusiva los derechos de explotación de toda la
documentación gráfica, fotográfica, audiovisual, que se genere de acuerdo con las
obligaciones de las partes a favor del Museo Arqueológico Nacional. Dicha cesión, que
se formaliza mediante este Convenio, de conformidad con el artículo 45 de la LPI,
comprende los derechos especificados en el artículo 17 de la LPI, en todas sus
modalidades (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación),
desarrolladas en los artículos 18, 19, 20 y 21 de la LPI.
De acuerdo con el artículo 43 de la LPI, dicha cesión se otorga a título gratuito, por
tiempo indefinido y para cualquier ámbito territorial.
Quinta.

Publicidad.

Las Partes colaborarán para la difusión del Proyecto en prensa y medios de
comunicación, mencionando a los distintos colaboradores y su marca respectiva. En el
caso de comunicaciones públicas y en la medida de lo posible se solicitará la
autorización de las distintas Partes implicadas antes de la difusión de la noticia.
La aparición del logotipo e imagen del MAN/Ministerio de Cultura y Deporte en todos
los soportes y/o medios de difusión que se utilicen ha de ser supervisada en todo caso
por el MAN/Ministerio de Cultura y Deporte.
La aparición de la marca, logotipo, y/o nombre de Acciona respetará en todo
momento la fórmula y dimensiones facilitadas por la misma a la parte que realice la
comunicación en cualquier soporte, debiendo seguir las instrucciones marcadas en el
manual de estilo e imagen de la marca Acciona, y podrá ser supervisada por Acciona en
todo momento.
Acciona se reserva el derecho a instar la retirada de sus signos identificativos en el
supuesto que estime que su aparición va en detrimento de la imagen de marca o de la
imagen de la empresa.
El periodo en que ambas Partes pueden hacer publicidad de este Convenio y el
anterior firmado el 26 de diciembre de 2017 será durante el plazo de vigencia de este
nuevo Convenio, todo ello sin perjuicio del derecho que tendrá Acciona a utilizar el
material audiovisual generado como consecuencia la ejecución del Objeto de este
Convenio sin limitación alguna.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las
Partes. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las Partes a propuesta de la
Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del
Convenio, mediante la correspondiente Adenda de modificación.
Séptima.

Vigencia.

El presente Convenio se perfecciona con su firma, resultando eficaz una vez inscrito
en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» según lo dispuesto en el

cve: BOE-A-2021-5931
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Modificación del Convenio.